El juez de los ERE abre juicio oral contra Chaves y Griñán e impone a éste una fianza de 4,2 millones

El juez abre juicio oral por los delitos de prevaricación, malversación y asociación ilícita y acuerda crear una pieza separada de responsabilidad civil y requiere a Griñán y a Martínez Aguayo una fianza de 4.214.702 euros
 Manuel Chaves y José Antonio Griñán. / EP
Manuel Chaves y José Antonio Griñán. / EP

El juez de refuerzo Álvaro Martín, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha dictado auto de apertura de juicio oral contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos de la Junta, entre ellos seis exconsejeros, y ha impuesto a Griñán una fianza de 4.214.702 euros.

En un auto fechado el 3 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez abre juicio oral contra los expresidentes y los exconsejeros José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Magdalena Álvarez, Gaspar Zarrías y Antonio Fernández en el marco de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso ERE, la denominada pieza ‘política’.

El juez, que abre juicio oral por los delitos de prevaricación, malversación y asociación ilícita, acuerda crear una pieza separada de responsabilidad civil y requiere a Griñán y a Martínez Aguayo para que presten una fianza de 4.214.702 euros; a Viera para que lo haga en la cantidad de 6.229.108 euros, mientras que a Vallejo le pide una fianza de 3.763.332 euros, apercibiéndoles de que, en caso de no hacer frente a dichas fianzas, se procederá a decretar el embargo de bienes.

Según explica el juez, “para la determinación de estas cuantías se ha atendido al criterio de los ejercicios durante los cuales se participó, presuntamente, por los acusados en la malversación, ponderando el número de implicados que hubo en cada uno de esos ejercicios, de lo que cabe seguir un reparto de la responsabilidad en atención a ese número de responsables, aunque finalmente pueda acabar siendo exigida de un modo solidario”.

Asimismo, “se ha ponderado la existencia de otros procedimientos en los que también se exige el reintegro de estas sumas, por lo que se aplica una reducción hasta el diez por ciento de la cantidad cuantificada por el Ministerio Fiscal en cada ejercicio, lográndose así la suma total que se exige afianzar a cada acusado”.

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