La Justicia tinerfeña ya ha devuelto todo por la cláusula suelo en 10 casos

Tribunales de Santa Cruz y La Orotava acumulan sentencias favorables al consumidor, bien porque ya lo hacían o porque esperaban por el TJUE

Cuando ni siquiera ha transcurrido un mes desde que el pasado 21 de diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) invalidara el límite retroactivo fijado por el Tribunal Supremo a la hora de devolver lo pagado por los consumidores cuya hipoteca tiene cláusula suelo, la Justicia tinerfeña sigue en su línea de figurar entre las que más destacan a la hora de dar la razón a los ciudadanos afectados. Así, a fecha de ayer ya son al menos una decena las sentencias en tal sentido emanadas desde tribunales de la provincia, con especial incidencia en los partidos judiciales de Santa Cruz de Tenerife y La Orotava. Tal profusión se debe a dos circunstancias claras: se trata de juzgados que ya ignoraban ese límite retroactivo antes de pronunciarse el TJUE o que optaron por esperar al mismo y ahora, simplemente, terminan un proceso del que solo faltaba precisamente la sentencia.

Respecto a los juzgados que más se han destacado al respecto en estas tres semanas, es menester destacar que tanto el Número 1 como el 6 y el 9 de la capital y el Número 5 de La Orotava repiten en la recopilación lograda gracias a la colaboración de tres abogados especializados en este tipo de casos: Carolina García (Carlos Cabrera Abogados), Noemí Melio (Iuriscan) y Juan Antonio Inurria (Inurria Abogados).

De especial interés son los aspectos en que estos juzgados coinciden a la hora de sentenciar, por cuanto sirven, cuando menos indiciariamente, para atisbar cómo responderá finalmente la Justicia cuando el número de sentencias dictadas sobre este asunto ya sea tan considerable que difícilmente un juez considere oportuno desviarse de las conclusiones adoptadas por sus compañeros anteriormente.
Obviando los motivos por los que se anulan este tipo de cláusulas y en qué condiciones se produce el abuso que las invalida, hay que destacar la abrumadora referencia a esa decisión del 21 de diciembre por parte del tribunal europeo con sede en Luxemburgo a la hora de justificar, precisamente, que no se limite la cantidad a devolver, lo que parece restar importancia a que el Supremo tendrá que pronunciarse en los próximos meses al respecto.

También resulta especialmente significativo que en todas estas sentencias se opte por condenar en costas a las entidades financieras, un hecho que, caso a caso, no tiene mayor importancia que la debida, pero que si se universaliza es otro revés económico para las entidades financieras, que incluso podrían perder interés en seguir oponiéndose en los juzgados a todas las reclamaciones presentadas por sus clientes. A este respecto, los especialistas consultados por este periódico no creen que aún se puede dar por seguro que esa condena en costas se aplique siempre, y que serán tribunales de mayor rango, como por ejemplo la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, quien decida realmente sobre este asunto cuando empiece a resolver los recursos presentados a las sentencias dictadas en los juzgados de primera instancia.

Disparidad en la reacción de las entidades financieras y el tempranero caso de Güímar

Aunque la decena de sentencias tinerfeñas detectadas por este periódico que han ordenado la devolución al consumidor de todo lo cobrado por la cláusula suelo tienen en su gran mayoría procedencia santacrucera u orotavense, lo cierto es que fue el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Güímar quien se adelantó a todos con una decisión fechada el 22 de diciembre pasado, es decir, apenas 24 horas después de pronunciarse Luxemburgo.

En cuanto a la línea adoptaba por las entidades con más casos en esta provincia, por ahora es imposible deducirla, ya que varía según el caso. Si bien ya se han producido allanamientos (el banco de turno renuncia y pagará), también hay otros procesos en que continúan defendiendo sus posturas, especialmente en los de hipoteca joven que promovió el Gobierno de Canarias.

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