La capital sanciona con hasta 15.000 euros el abandono de mascotas

Entra en vigor en Santa Cruz la nueva ordenanza de tenencia de animales que, entre otras cosas, obliga a identificarlos mediante chip, tatuaje o anilla; los vecinos tienen tres meses para adaptarse
Un perro jugando con su dueña en la zona especial para mascotas del parque de La Granja. | DA

Desde hoy, los vecinos de Santa Cruz tienen tres meses para adaptarse a la nueva ordenanza de protección y tenencia de animales del municipio, una norma en la que, como principal novedad, obliga a la identificación mediante chip de todos los animales (cualquier especie y tamaño) y en la que además se endurece el abandono de animales, que es una falta muy grave y que puede acarrear una sanción máxima de hasta 15.000 euros. También se consideran infracciones muy graves el maltrato, la no asistencia veterinaria o reincidir en la comisión de infracciones graves cometidas en los 12 meses anteriores. La ordenanza también recoge de manera específica las prohibiciones relacionadas con los excrementos y orina de las mascotas, recordando que no recogerlos o disminuir su efecto en el caso de la orina, puede llevar a recibir multas de hasta 1.500 euros. En este último caso, si los animales hicieran sus deposiciones en lugares especialmente sensibles como playas, zonas de baños, parques infantiles y zonas acotadas de uso para los niños, u otras igualmente prohibidas, la sanción sería considerada como muy grave, en cuyo caso podría alcanzar los 12.000 euros.

El Ayuntamiento tiene la obligación de, en los próximos tres meses, crear el registro de mascotas, en las que deben inscribirse todas las existentes en la capital. El mismo tiempo que tienen los denominados cuidadores de las colonias de gatos para registrarlas, identificar a sus individuos y proceder a su esterilización, tal y como se recoge en la nueva ordenanza. La concejalía de Sanidad ya ha previsto esta última medida y ayudará en este proceso que, calcula el Ayuntamiento, afectará a cerca de un millar de gatos.

La nueva normativa abarca casi todos los aspectos que afectan a las mascotas, estableciendo las condiciones para su cuidado, aquellas conductas que serán merecedoras de sanción pero también la obligación municipal de, por ejemplo, establecer, mediante decreto, los horarios, espacios y zonas en cada barrio del municipio que estarán reservados para los animales, lugares en los que podrán ir sueltos, sin atar. Fuera de estos espacios, los dueños tienen la obligación de llevar atados a sus mascotas según lo estipulado en la norma. Se insiste en la prohibición de alimentar animales en la calle y se introduce la posibilidad de que, para facilitar el control, y fomentar la función social de los animales de compañía, el Ayuntamiento pueda otorgar subvenciones en función de la capacidad económica de quien las solicite, a fin de garantizar la vacunación, registro y esterilización de estos animales. Además de las infracciones descritas, la ordenanza también detalla aquellas conductas que son susceptibles de sanción por el incumplimiento de la propia norma.

Así, considera infracciones leves no inscribir a los animales en el censo o que estos estén correctamente identificados como establece la norma, ya sea a través de microchip, tatuaje o anillas. Recuerda además que los animales en vías y espacios públicos sin placa identificativa o cualquier otro medio donde consten, al menos, el nombre del animal y teléfono de contacto con el propietario o poseedor se considerará también una infracción leve. En el apartado de los incumplimientos considerados como graves están los de no recoger inmediatamente los excrementos en espacios públicos y privados de uso común, permitir que los animales orinen en las fachadas de los edificios, monumentos, mobiliario urbano y elementos ornamentales o anular el sistema de identificación de los animales. Como infracciones muy graves, la norma establece el exhibir y pasear animales salvajes cautivos en la vía y los espacios públicos, en los pasillos interiores de los establecimientos comerciales y trasladarlos en transporte público así como reincidir en la comisión de infracciones graves cometidas en los últimos doce meses.

En estos casos, las sanciones alcanzarán hasta los 750 euros por cuestiones leves, hasta los 1.500 las consideradas graves y hasta 3.000 las muy graves. La norma además introduce la posibilidad de que las sanciones sean cubiertas a través de la figura de trabajos a la comunidad. Algo que tendrá que solicitar el infractor y que será determinado por el Ayuntamiento mediante decreto.

Cazadores

En el anexo de la ordenanza se establecen las dimensiones mínimas especiales para el alojamiento de los distintos animales. Perros, gatos, conejos, hurones, tortugas, aves o incluso cerdos vietnamitas u otras especies enanas cuentan en la ordenanza con los metros mínimos en los que deben ser alojados. Este apartado ha sido especialmente criticado por el colectivo de cazadores ya que se establece unas medidas concretas para los perros dedicados a la caza. Así, por ejemplo, para cada perro adulto será necesario un recinto de, al menos, dos metros de largo, uno de ancho y 1,5 de altura; diseñado de tal manera que el animal pueda acceder a zonas de sombra o de sol con libertad. Según el colectivo de cazadores, estas exigencias, suponen un desembolso al que muchos no podrán hacer frente.

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