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Santa Cruz cae en un limbo jurídico

El fallo del TSJC que anula el PGO de la capital, aunque va a ser recurrido por el Ayuntamiento, sumerge a la ciudad bajo las dudas del desarrollo de proyectos que, en última instancia, dependen del Supremo
La sentencia del TSJC supone en la práctica la paralización del desarrollo urbanístico de Santa Cruz. Sergio Méndez
La sentencia del TSJC supone en la práctica la paralización del desarrollo urbanístico de Santa Cruz. Sergio Méndez
La sentencia del TSJC supone en la práctica la paralización del desarrollo urbanístico de Santa Cruz. Sergio Méndez

Dentro de tres días, el 30 de julio, se cumplirían cuatro años desde que la Comisión de Ordenación del Territorio (Cotmac) dio el visto bueno al Plan General de Ordenación de Santa Cruz con una aprobación definitiva y parcial. Ayer, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) devolvía el PGO al punto de partida, el de la aprobación inicial, al anular el documento por carecer de evaluación ambiental estratégica. Más de diez años de tramitación y casi cuatro de aplicación limitada por las suspensiones, acaban de ser borrados para dejar a Santa Cruz sumida en el limbo jurídico del urbanismo, en el que, si bien la sentencia no es suspensiva, sí que evidencia la inseguridad jurídica que se cierne sobre cualquier acto relacionado con el urbanismo en la capital.

El Ayuntamiento de Santa Cruz, casi sin tiempo para estudiar el fallo del TSJC que les fue comunicado ayer mismo, anunció que recurrirá en casación la anulación del Plan General. El Consistorio, en un comunicado, informó de que la objeción fundamental del TSJC a la hora de fundamentar la nulidad responde a la ausencia de procedimiento de evaluación ambiental del planeamiento, acordada por el Gobierno de Canarias, a través de la Cotmac. Explica el Consistorio que, a lo largo de la tramitación del expediente administrativo desde el año 2006 , la Cotmac y el Ayuntamiento entendieron cumplido el trámite de evaluación ambiental del documento con el contenido ambiental exigible a los Informes de Sostenibilidad, según las tesis avaladas por los servicios jurídicos y técnicos tanto de la Cotmac como del Pleno Municipal.

En ese sentido, defiende el Ayuntamiento, la ponencia técnica de la Cotmac emitió un dictamen de fecha 3 de junio de 2011, aprobado por unanimidad, en el que declara, sin el menor género de dudas, “la inviabilidad del sometimiento del Plan General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife al procedimiento de evaluación ambiental en la forma autorizada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2006, de 28 de abril”. El Consistorio tiene 30 días hábiles (agosto es inhábil) para formalizar el recurso de casación del que deberá entender posteriormente el Tribunal Supremo.

Sin embargo, a pesar de lo expuesto por el Ayuntamiento, el TSJC es meridianamente claro en el detalle de la actuación de la Cotmac en este asunto. Aunque el tribunal reconoce que la ley permite que las autoridades competentes, decidan, caso por caso y de forma motivada que es inviable la aplicación del trámite ambiental, deja claro que en el caso que nos ocupa, “vaya por delante que no se ha producido en ese sentido estricto una decisión del órgano competente (Cotmac) de declarar inviable someter el planeamiento al procedimiento de evaluación ambiental”. Es decir, que la Cotmac no entró en el fondo del asunto y no explicó por qué era inviable el estudio ambiental. “Esta cuestión fue sometida al pleno de la Cotmac y en sesión celebra el 8 de junio de 2011 quedó sin resolver”, detalla el tribunal. Continúa el TSJC explicando que la Cotmac se limita, en el acuerdo de aprobación definitiva, a “resolver una alegación sobre este punto y a acoger las tesis del informe técnico de Planeamiento Urbanístico Occidental, del 31 de mayo del 2011, según el cual el contenido ambiental del plan resulta equiparable al contenido mínimo exigible de los informes de sostenibilidad…”.

El alto tribunal canario, para sostener su argumento, cita las sentencias del Tribunal Supremo dictadas en el caso de la ciudad de Vigo, con fecha del 15 de junio de 2016, y la del municipio de El Rosario, más antigua, de noviembre de 2014. En ambas el Supremo anula el planeamiento porque entiende que no se puede alegar la inviabilidad de someter el planeamiento a la evaluación ambiental apoyándose en criterios generales y recuerda que cada caso debe ser motivado de manera concreta y específica.

Concluye el TSJC señalando que “si consideramos que desde el 21 de julio de 2006 hasta la aprobación del plan en el año 2013 han transcurrido siete años, resulta patente que no había razón alguna para que se considerara inviable el sometimiento del mismo al procedimiento de evaluación ambiental, a ello se suma que la declaración de inviabilidad no se produjo sino que se intentó justificar esta circunstancia con la ocasión de la aprobación del plan”.

urbanismo

La noticia de la anulación del Plan General de Ordenación de Santa Cruz fue recibida por el portavoz del PSOE, José Ángel Martín, responsable de la tramitación de la última parte del PGO como concejal de Urbanismo en el mandato anterior, lamentando la decisión que, admitió, no le sorprendió ante las decisiones que ya se habían tomado con los planes de Arona y El Rosario. Martín quiso dejar claro que la decisión en la que se basa el TSJC para anular el plan “se tomó en el periodo 2006-2011 cuando nosotros aún no habíamos llegado al Ayuntamiento”. Según Martín, lo que el TSJC hace es “enmendar la plana a la Cotmac”. “Si yo fuera el Ayuntamiento -continuó- ya estaría estudiando la posible reclamación patrimonial al Gobierno de Canarias por lo que puede suponer para la ciudad esta decisión”. Martín abogó por la prudencia, ante el anuncio del recurso hecho por el Ayuntamiento, pero reconoció que ahora mismo, “los planes especiales que penden del PGO como el de Las Teresitas o el del Parque Marítimo quedan paralizados”. A esto se une, según el edil que la Gerencia de Urbanismo debería iniciar “una revisión de oficio para analizar las licencias que se ajustan al plan que ahora se queda en vigor, que es la revisión del de 2005, y paralizar las que no se ajusten”. El edil socialista quiso finalizar asegurando que esto debe tomarse como una “oportunidad” para iniciar un nuevo plan, “con el consenso de todos, vecinos y políticos”, y hacerlo “sin esperar al resultado del recurso”.

Si Martín fue el que le dio el último impulso al PGO, el exconcejal de Urbanismo, Carlos Garcinuño (PP), fue el encargado de su desarrollo. “Después de las sentencias de Arona y El Rosario en la Gerencia sabíamos que la probabilidad de que anularan el plan eran muy altas”, admitió ayer Garcinuño. Por eso, apuntó, “ya habíamos preparado un pliego de condiciones para que en cuanto nos llegara la sentencia iniciar la modificación del Plan General”, porque, para Garcinuño, el recurso anunciado por el Ayuntamiento “es un tremendo error”. Lamentó que por esta decisión “precipitada” del Consistorio, “la ciudad va a permanecer en un limbo jurídico durante los dos próximos años”, tiempo que estima que tardará el Supremo en resolver el recurso de casación.

“Con la modificación teníamos la oportunidad de corregir los errores que hemos ido detectando en estos dos años en vigor y que en la práctica casi hacían inaplicable el Plan. Hubiéramos añadido la evaluación ambiental y sacado de nuevo a aprobación inicial el documento y con la Ley del Suelo podríamos habar aprobado un nuevo plan en tan solo un año”, defendió.

“Ahora -aseguró- pasarán dos años con una ciudad de la que huirán los inversores por la inseguridad jurídica y económica en la que queda sumergida esta ciudad”. En cuanto a la Ley del Suelo, apuntó que, “esta no es retroactiva, así que el planeamiento tendrá que ajustarse a lo que diga la normativa en vigor cuando se aprobó el plan”.

Todo sigue igual

A pesar de la entidad de la decisión del TSJC, el Ayuntamiento defendía ayer en el comunicado enviado que, mientras no haya respuesta al recurso ante el Supremo, el Plan General de Ordenación, así como el conjunto de planes especiales asociados, mantendrán plena vigencia, sin generar la menor afección a la economía y a la sociedad de la capital.

El Ayuntamiento entiende que la prudencia aconseja aguardar a la resolución judicial definitiva por parte del Tribunal Supremo, ya que existen distintos precedentes análogos que afectan a municipios de nuestro país; así como el hecho de que con anterioridad el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha ganado todos los recursos presentados contra la ordenación del planeamiento municipal de la ciudad. Un hecho este último que era cierto hasta ayer, cuando el TSJC devolvió el Urbanismo de la ciudad a 2005.

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