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Santa Cruz aprueba el pliego para la elaboración de un nuevo PGO

El pliego de cláusulas aprobado hoy establece un periodo máximo de 2 años para su ejecución y un importe máximo de 2 millones de euros
EUROPA PRESS

El consejo rector de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado hoy el pliego de cláusulas administrativas del acuerdo marco para la elaboración del nuevo Plan General de Ordenación (PGO) de la capital tinerfeña.

Este pliego se aprueba tras la resolución judicial de anulación del planeamiento vigente dictada en julio por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y en vía de recurso por parte del Ayuntamiento ante el Tribunal Supremo.

La concejal de Urbanismo, Zaida González, ha afirmado que con independencia de cómo se resuelva el recurso de amparo ante el Supremo, su departamento lleva meses trabajando para corregir “los déficit” que presentaba el planeamiento vigente “a los que ahora sumamos nuevas modificaciones para adecuar el Plan a las observaciones del Tribunal Superior de Justicia”, señala.

González señala que el objetivo es que Santa Cruz disponga de un plan “integrado y ajustado a la legalidad” a la mayor brevedad y que disipe cualquier duda o incertidumbre para los agentes que interactúan en el planeamiento municipal.

El pliego de cláusulas aprobado hoy establece un periodo máximo de 2 años para su ejecución y un importe máximo de 2 millones de euros.

Las empresas interesadas en concurrir a este acuerdo marco dispondrán de 15 días hábiles para presentar ofertas desde su publicación formal en el boletín oficial de la provincia.

En un comunicado, la edil afirma que si bien el acuerdo marco se saca a concurso, la dirección y tutela del procedimiento a seguir correrá a cargo de la Gerencia de Urbanismo.

El objetivo central del acuerdo marco es la redacción del nuevo Plan General de Ordenación y de los planes parciales asociados a aquel, así como los proyectos de urbanización y de equidistribución (compensación de los beneficios y de las cargas incluidas en una misma unidad de planeamiento).

Según la nota, el pliego fija la composición que deben reunir cada uno de los equipos encargados de cada uno de los proyectos incluidos en el acuerdo marco, equipos que deben estar formados por arquitectos, delineantes, ingenieros, economistas, abogados, geógrafos y biólogos, informáticos, topógrafos.

El Consejo Rector de Urbanismo acordó también el desistimiento del procedimiento de licitación del contrato para la redacción del proyecto de restauración del templo masónico de Santa Cruz de Tenerife debido a los vicios de nulidad que concurren por haberse infringido el principio de igualdad en la valoración de las ofertas presentadas.

La nota del Ayuntamiento informa de que como consecuencia de esta decisión, el Consejo Rector insta a la redacción de unos nuevos pliegos de cláusulas administrativas que permitan iniciar un nuevo procedimiento de licitación por parte del Ayuntamiento y no del área de Urbanismo que da por concluida la encomienda de gestión que con este fin autorizó la Junta de Gobierno en abril de 2015.

La primera teniente de alcalde y concejal de Urbanismo, Zaida González, explica en el comunicado que la decisión de desistir de proseguir con la licitación obedece a una discrepancia sustancial entre la mesa de contratación y el comité de expertos en el cumplimiento del pliego de cláusulas administrativas que podría desembocar en una resolución nula de pleno Derecho.

González señala que es responsabilidad municipal que el proyecto de rehabilitación del templo masónico se haga con todas las garantías legales y procedimentales “y siempre será mejor parar ahora y reiniciar el proceso, que proseguir con el riesgo cierto de que en el futuro la Justicia anule todo lo que hemos hecho”, agrega.

La discrepancia que ha motivado esta decisión se centra en la valoración que realizó el comité técnico de expertos de las ofertas presentadas que, a juicio de la mesa de contratación, dependiente de la Gerencia de Urbanismo, no se ajustó a lo establecido en las cláusulas administrativas, explica la nota.

En concreto, la mesa de contratación detecta deficiencias en la extensión de las memorias presentadas por las empresas licitadoras y que a su juicio no se ajusta en todos los casos a las condiciones preestablecidas.

La mesa de contratación también observa deficiencias en que el comité no reúne el perfil técnico preciso para realizar la evaluación estructural y constructiva que exigen los pliegos y en el que este órgano no ha realizado debidamente la valoración de los equipos de trabajo de los licitadores.

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