la laguna

Piden que no se pague el equipamiento del depósito de grúas con dinero público

XTF-NC, en el Ayuntamiento de La Laguna, muestra su sorpresa por la previsión de una inversión de 350.000 euros para acondicionar un nuevo espacio en La Verdellada
Imagen de una grúa en una céntrica calle de La Laguna. Sergio Méndez
Imagen de una grúa en una céntrica calle de La Laguna. Sergio Méndez
Imagen de una grúa en una céntrica calle de La Laguna. Sergio Méndez

El portavoz adjunto del Grupo Municipal XTF-NC en el Ayuntamiento de La Laguna, Juan Luis Herrera, presentará una moción en el pleno del próximo jueves para evitar que los gastos de habilitación de los depósitos municipales de las grúas corran por cuenta del Consistorio y se paguen con dinero público.

Herrera recordó que en la propuesta aceptada durante el proceso de concesión de la gestión del servicio de retirada e inmovilización de vehículos de la vía pública se ofertaban tres depósitos situados en Tejina, La Cuesta y Taco, de aproximadamente unos 200 metros cuadrados cada uno. Finalmente, el Ayuntamiento tomó la decisión de ubicar uno de los depósitos municipales en una parcela situada en la calle Espinero, propiedad de Muvisa desde el 9 de enero de 1997, que hubo de ser habilitada para su uso por el adjudicatario de la concesión, José Padilla, en el año 2005, colocando cámaras, vallado y asfaltado. Todo ello, por 58.941 euros.

En este sentido, a XTF-NC les “sorprende la previsión en el Plan de Inversiones 2017-2020, por parte del área de Obras, de una inversión de 350.000 euros con la finalidad de acondicionar un aparcamiento con destino a un nuevo depósito de grúas municipal en las inmediaciones de la Escuela de Idiomas, en el barrio de La Verdellada”, señaló el concejal.

Alteración del concurso de 2004

Herrera explicó que los contratos del sector público “podrán modificarse siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se hayan detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma” (art. 106 RDL 3/2011 TRLCSP). Asimismo, añadió que las modificaciones del contrato no previstas “no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación del mismo” (art. 107.2 RDL 3/2011 TRLCSP), entendiendo por alteración de las condiciones esenciales de licitación y adjudicación “cualesquiera otros casos en que pueda presumirse que, de haber sido conocida previamente la modificación, hubiesen concurrido al procedimiento de adjudicación otros interesados, o que los licitadores que tomaron parte en el mismo hubieran presentado ofertas sustancialmente diferentes a las formuladas” (art. 107.3.e RDL 3/2011, TRLCSP).

El edil considera que, para garantizar la correcta gestión del contrato para la gestión del servicio de retirada e inmovilización de vehículos de la vía pública, procede reconsiderar la inversión pública prevista para el acondicionamiento de un nuevo depósito de grúas, teniendo en cuenta que puede ser considerada una alteración esencial de las condiciones iniciales del contrato ofrecidas en concurso público en el año 2004.

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