La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia en el caso del crimen que le costó la vida al conocido empresario tinerfeño Raimundo Toledo, fallecido en diciembre de 2015 por los numerosos golpes que le propinó, tal y como ahora se considera probado, uno de los ahora condenados, que luego incendió un vehículo con el cuerpo de la víctima en su interior.
Tras el veredicto de culpabilidad dictado hace unas semanas por un jurado popular, ahora la magistrada ponente ha condenado a Alexander R.R. a un total de 29 años y nueve meses de prisión como autor de los delitos de asesinato, detención ilegal, utilización ilegítima de vehículo a motor y de daños con incendio, mientras que a Sandra P.R., considerada como la ‘cerebro’ de este terrible crimen, le ha correspondido un total de 26 años y nueve meses de prisión por los delitos de asesinato, detención ilegal y daños mediante incendio.
Por lo que respecta al tercer encausado, Diego Claudio G.G., a quien el jurado popular absolvió del delito de asesinato, se le impone una pena total de 10 años de prisión como autor de los delitos de detención ilegal y de utilización ilegítima de vehículo a motor.
Estas penas son muy similares a las solicitadas por la Fiscalía y la acusación particular de la familia, ejercida por los letrados Antonio González Casanova y Candelaria Robayna,
Como recordará el lector y ahora se considera probado, fue Sandra la que organizó el secuestro y asesinato de Toledo, movida por el dinero que correspondería en la herencia a su pareja, Carlos, un sobrino del empresario ajeno a toda esta historia. Para llevar a cabo sus planes, Sandra implicó a su amante oculto, Alexander, quien a su vez reclutó a Diego Claudio. Los dos varones secuestraron en Santa Cruz de Tenerife a Toledo, cuyo cadáver apareció a la mañana siguiente en un vehículo incendiado junto a la Montaña de La Centinela (Arona) pero, como Diego Claudio sostuvo en todo momento, él se fue cuando el empresario aún seguía con vida.
Resta añadir que la sentencia es recurrible.