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Absueltos 18 políticos y técnicos de Arona, acusados hace 11 años por prevaricación al tramitar el PGO

La jueza Esmeralda Casado, de la Audiencia Provincial, estimó el recurso de apelación interpuesto el 12 de julio de 2016 y declara el sobreseimiento provisional y su archivo
Agueda Fumero recordó ayer en el pleno los largos 11 años de espera. DA
Agueda Fumero recordó ayer en el pleno los largos 11 años de espera. DA
Agueda Fumero recordó ayer en el pleno los largos 11 años de espera. DA

La magistrada Esmeralda Casado Portilla, de la seccion sexta de la Audiencia Provincial, estimó, con fecha del 20 de septiembre, el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha del 12 de julio de 2016, y en consecuencia, se revoca el mismo y declara el sobreseimiento provisional y su archivo.

En el auto de 2016 de la titular del Juzgado número 4 de Arona, Cristina Escamilla, se acordó la continuación de la tramitación de las deligencias previas por si los hechos imputados a 18 concejales y técnicos del Ayuntamiento de Arona, en el mandato 2007-2011, cuando se tramitó el PGO de 2010, fueran constitutivos del delito de prevaricación del artículo 320 del Código Penal.

Los acusados, hoy absueltos, son: Antonio Sosa, María Candelaria Padrón, Miguel Ángel Méndez, el abogado Jesús Ramón García, Antonio García Marichal, Francisco Enrique Toledo, Martina Melo Melo, Manuel Reverón González, Clara María Pérez, Ángel David Herrera, Dácil María García, Pedro Antonio González, José Agustín Sierra, José Esteban Alayón, el exsecretario Cristian Marcelino -fue como testigo y salió acusado- Águeda Fumero y los exalcaldes Manuel Barrios y José Alberto González Reverón, condenados por el caso Arona1 por conceder en torno a 200 licencias de manera ilegal.

El PGO de 2010 quedó anulado en la vía contencioso administrativa por cuatro sentencias firmes del Tribunal Supremo (TS), debido a que en su momento no se incluyó la Evaluación Ambiental Estratégica. Pero además, en esta causa penal se imputó a todos los miembros del Pleno de la Corporación que en 2008 votaron a favor (CC-PP-CAN) a pesar de la existencia de informes jurídicos que advertían de que el documento se había modificado, aunque según el fallo de la Audiencia no es constitutivo del delito de prevaricación porque tenía los informes favorables de la COTMAC.

Águeda Fumero, ayer en un ruego en el Pleno municipal, dio cuenta de la sentencia y expresó su alegría por la misma y la pena de esperar 11 años como imputada por un delito no cometido.

Lea aquí la sentencia

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