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Encarcelan a la ‘plusmarquista’ canaria de saltarse el confinamiento: una santacrucera de 30 años

La condenada tendrá que cumplir ahora un año de prisión al acumular dos penas de seis meses por la misma causa
Un control policial en la capital tinerfeña.DA

El Juzgado de Instrucción número 5 de Santa Cruz de Tenerife ordenó hoy miércoles el ingreso efectivo en prisión de una vecina de la capital santacrucera de 30 años, condenada por saltarse la cuarentena por octava ocasión desde que se decretó el confinamiento contra el codiv-19. En total, se enfrenta al cumplimiento de dos penas de seis meses de prisión, para un  total de un año de privación de libertad.

Según detalla la sentencia, facilitada desde el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, fue tras su traslado hoy a la sede judicial por la policía para su comparecencia judicial cuando se comprobó que la acusada tenía seis actas de denuncia desde el pasado 21 de marzo por contravenir la orden de confinamiento y una sentencia condenatoria firme de conformidad del pasado 2 de abril por la misma conducta. 

En base a estos antecedentes, y de nuevo en juicio rápido de conformidad, la autoridad judicial condenó a la acusada a a seis meses de prisión, pero no ordenó la suspensión de la condena por reincidencia, por lo que fue trasladada a la cárcel de Tenerife II para cumplir las dos penas, la que se le había impuesto el pasado 2 de abril, hasta hoy en suspenso (seis meses de prisión) y la actual, otros seis meses.

La sentencia declara probado que la encausada, ejecutoriamente condenada por un delito de atentado por sentencia firme 2 de octubre de 2019 del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y en sentencia de 2 de abril de 2020 por , desobediencia, “actuando nuevamente con manifiesto menosprecio al Gobierno de la Nación de España, ha incumplido a sabiendas y sin causa justificada alguna la prohibición de libre circulación de personas por las vías pública, fijada en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pudiendo generar con su conducta un riesgo para terceras personas al transitar por la vía pública, además de obligar a actuar en diversas ocasiones a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”.

Detalla el fallo que había sido sancionada administrativamente por infracción de las normas de confinamiento, alegando causas injustificadas como dar un paseo, en un total de seis actas, “además de en la reciente sentencia por delito de desobediencia”.

Así las cosas, la encausada fue sorprendida nuevamente transitando por la calle de los Sargentos Provisionales de Santa Cruz de Tenerife sobre la 20:25 horas del día 7 de abril de 2020, “siendo interceptada por los agentes de la Policía Nacional, a los que manifestó que iba a comprar, por lo que, ante su actitud deliberadamente obstativa al cumplimiento de la prohibición gubernamental ordenada y el riesgo para la salud pública, los funcionarios policiales procedieron a detenerla”, recapitula la sentencia.

 

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