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La juez archiva la causa por la manifestación del 8-M contra el delegado del Gobierno en Madrid

Considera que, tras la práctica de las diligencias de investigación acordadas en el procedimiento, no hay indicios suficientes del delito de prevaricación administrativa
8M MADRID
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Manifestación del 8M (Día Internacional de la Mujer) en Madrid a 8 de marzo de 2020. Europa Press

La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, ha acordado este viernes el sobreseimiento provisional de la causa que seguía contra el delegado del Gobierno de Madrid, José Manuel Franco, por un presunto delito de prevaricación administrativa por permitir concentraciones multitudinarias, entre ellas la manifestación feminista del 8 de marzo al no ver indicios suficientes de delito.

La magistrada ha tomado esta decisión tras escuchar este miércoles a Franco, que acudió a declarar en calidad de investigado, y a un total de 18 testigos que comparecieron después, entre ellos el secretario general de la delegación del Gobierno, Fernando Talavera; siete funcionarios del organismo y 10 promotores de manifestaciones a los que llamaron para pedir que cancelaran sus concentraciones.

A ello se suma la batería de diligencias de investigación que ha ordenado desde el 23 de marzo, cuando acordó admitir a trámite la denuncia de un particular, como los informes al médico forense adscrito al juzgado y a la Guardia Civil.

La juez concluye en el auto que el investigado, entre el 5 y el 14 de marzo de 2020 “no tuvo conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones”.

Asimismo, señala que Franco “no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario”. Añade que tampoco “ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó del delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del covid-19”.

Ante esta decisión cabe interponer recurso ante la propia juez o ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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