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La eutanasia, que podrá realizarse en centros o domicilios, puede solicitarse desde hoy

Las personas con una enfermedad grave e incurable y que padezcan un sufrimiento "constante e intolerable" podrán solicitar ayuda médica para morir
Luz verde a la comisión de garantías que regulará la eutanasia en Canarias. Pixabay

Desde este viernes las personas con una enfermedad grave e incurable y que padezcan un sufrimiento “constante e intolerable” podrán solicitar ayuda médica para morir, la eutanasia, cuya regulación llega con una controvertida ley recurrida ante el Constitucional y que echa a andar con alguna laguna, como los registros de objetores de conciencia.

El Congreso aprobó el pasado 18 de marzo la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia y daba un plazo de tres meses a las comunidades autónomas para la creación de las comisiones de garantía y evaluación, los órganos encargados de supervisar cada caso y autorizar la prestación.

Sin embargo, son cinco las comunidades que aún no lo han hecho -Andalucía, Galicia, La Rioja, Madrid y Navarra- y otras, como Castilla y León, han apurado hasta el último momento.

La creación de estas comisiones no ha estado exenta de polémica. En Murcia -gobernada por el PP- el PSOE ha denunciado que el Ejecutivo autonómico ha incluido en esta comisión a profesionales “que se han manifestado radicalmente en contra de la ley que tendrán que aplicar”.

Es uno de los miedos que han manifestado defensores de la ley, como el presidente de Derecho a Morir Dignamente, Javier Velasco, que reconoce cierta preocupación por cómo se aplicará la norma en las comunidades gobernadas por partidos que se han opuesto a su aprobación -PP y Vox-.

También en la Comunidad de Madrid, la presidenta Isabel Díaz Ayuso ha anunciado una nueva norma para garantizar que los ciudadanos expresen su voluntad de no acogerse al derecho a la eutanasia y que los profesionales sanitarios puedan ejercer la objeción de conciencia.

La ley entra en vigor con algún fleco suelto en lo que se refiere a los registros de objetores. No da un plazo concreto para su puesta en marcha, aunque algunas comunidades ya los han creado, y desde los colegios de médicos se han mostrado contrarios a estas listas.

“Creemos que los registros de objetores son un grave error y sólo van a generar distorsiones y estimular que la gente se apunte a pesar de que muchos médicos no saben si van a objetar o no porque cada caso es un mundo”, explica a Efe el presidente de la Comisión de Deontología de la Organización Médico Colegial (OMC), Juan José Rodríguez Sendín.

Al tiempo, pone el foco en las zonas rurales, donde hay pocos facultativos y, si uno de ellos objeta, podría suponer un problema para el demandante de la ayuda.

Advierte además de que lo que necesitan los profesionales es tiempo suficiente para dedicar a cada caso, especialmente los médicos de Atención Primaria que serán con toda probabilidad los que más pacientes vean.

El apoyo a la ley por parte del colectivo médico es dispar y algunos colegios han publicado encuestas. En diciembre de 2019 el Colegio de Médicos de Madrid preguntó a sanitarios de Madrid, Vizcaya, Tarragona y Las Palmas -un 24 % de los colegiados en España- y concluyó que siete de cada diez estaban a favor de regular la eutanasia.

Por su parte, el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña realizó el pasado mes de abril una encuesta voluntaria entre el personal sanitario y un 11,4 % afirmó que ejercería la objeción de conciencia, cerca de un 30 % respondió que lo haría sólo en casos concretos y más de la mitad aseguró que no se opondría a la eutanasia.

La ley impulsada por el PSOE tendrá que hacer frente a los recursos de inconstitucionalidad presentados por PP y Vox -que pidió la suspensión cautelar de la misma, aunque esta demanda ha sido ya rechazada por el TC- al considerar que atenta contra un derecho fundamental como es el derecho a la vida.

La entrada en vigor de esta norma es la culminación de un largo proceso legislativo que se remonta a 1998, cuando Izquierda Unida presentó una primera propuesta que fue entonces rechazada. A ella le han seguido varias iniciativas impulsadas por distintos grupos, hasta que la ley ha visto la luz el pasado mes de marzo.

En la mente de todos está la historia de Ramón Sampedro, el tetrapléjico gallego que reclamó durante años el derecho a la eutanasia y murió en 1998, tras ingerir una dosis letal de cianuro. Su caso despertó el debate en España, más aún cuando la película de Alejandro Amenábar “Mar adentro” (2004) recordó su historia.

Más reciente fue el caso de María José Carrasco, una enferma de esclerosis múltiple a la que su marido ayudó a morir en Madrid en abril de 2019 y que hizo resurgir la polémica entorno a la regulación de la eutanasia.

España se convierte en el séptimo país del mundo en el que esta práctica es legal, después de Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda, donde ya se ha aprobado, pero entrará en vigor en noviembre; y Colombia (en este último país por decisión del Tribunal Constitucional, pero sin que el Parlamento haya aprobado una ley que la regule).

La prestación para la ayuda a morir forma parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud y podrán solicitarla las personas mayores de edad que sufran “una enfermedad grave e incurable” o un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que afecte a la autonomía y que genere un “sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable”.

El paciente podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras ser informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones.

Podrá realizarse tanto en centros sanitarios, públicos, privados o concertados, como en el domicilio.

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