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El Constitucional avala el régimen fiscal de las producciones cinematográficas en Canarias

El tribunal desestima, por unanimidad, el recurso que presentó el Parlamento canario contra una de las disposiciones finales del decreto-ley que lo regula
Imagen del rodaje de una película en Tenerife. / DA
Imagen del rodaje de una película en Tenerife. / DA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado el régimen fiscal de las producciones cinematográficas en Canarias al desestimar, por unanimidad, el recurso que presentó el Parlamento canario contra una de las disposiciones finales del decreto-ley que lo regula.

Según ha informado la corte de garantías, el Pleno ha validado la disposición final tercera del Real Decreto-Ley 12/2021, que modificó el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, al actualizar el límite absoluto de la deducción por inversiones y gastos en producciones cinematográficas españolas y extranjeras de 5,4 a 12,4 millones de euros, en el impuesto de sociedades.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa, considera que se ha respetado la garantía procedimental prevista en el Estatuto de Autonomía de Canarias, consistente en requerir un informe previo al Parlamento de Canarias para proceder a la modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago. En este sentido, indica que dicho informe se solicitó al órgano legislativo con anterioridad al trámite de convalidación del decreto- ley.

Asimismo, el fallo rechaza que se haya vulnerado el contenido esencial de este régimen económico, exponiendo que la preservación de una “política fiscal diferenciada” no incluye la existencia de un núcleo mínimo indisponible”.

Además, en este caso el TC considera que concurren las circunstancias que justificaban la legislación de urgencia, sin que el principio de seguridad jurídica se vea vulnerado al ser la norma clara y previsible en sus efectos.

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