El sector del taxi de Santa Cruz ya cuenta con una nueva ordenanza, actualizada, y que entró en vigor ayer, tras publicarse el texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). En este nuevo texto, además de las normas de uso, paradas, uniformes, titularidad de las licencias y quién puede conducir un taxi, también se regula de forma más detallada el tipo de publicidad que podrán llevar los taxis de la capital.
Según esta nueva ordenanza, la publicidad debe ser autorizada por el Ayuntamiento, “quedando prohibidos aquellos mensajes sexistas, racistas, discriminatorios o que atenten contra el decoro, la moral o las buenas costumbres”.
Se prohíben los anuncios en los cristales con pegatinas de vinilo micro perforado, para garantizar la mayor visibilidad y no disminuir la seguridad de personas que viajan en su interior.
La autorización para la colocación de publicidad se podrá conseguir mediante la presentación del modelo de comunicación previa firma por la persona titular de la licencia. A la comunicación se le acompañará la documentación preceptiva, como es el DNI de la persona titular o, en su caso, del o la representante, con el poder otorgado para el correspondiente trámite, así como el proyecto en el que se indique el contenido, formato, lugar y modo de colocación del anuncio, acompañado de documentación gráfica en la que se describa cada uno de estos puntos.
En cuanto a las potestades municipales, destaca la posibilidad de instalar, de forma obligatoria, dispositivos de localización en los vehículos para conocer, en todo momento, la ubicación de la flota de taxis de la ciudad.