Durante la sesión celebrada este jueves en el Congreso, la Junta Electoral Central (JEC) examinó la opción de ampliar las justificaciones legales para permitir a los convocados el 23-J renunciar a la obligación de formar parte de una mesa electoral.
Actualmente, esta renuncia debe ser respaldada por documentación probatoria y se encuentra limitada a una serie de circunstancias específicas, aunque no exhaustivas.
La novedad analizada en esta ocasión se centró en la posibilidad de eximir de participar en la mesa electoral a aquellas personas que ya hayan contratado y abonado un viaje al extranjero.
La Junta acordó que si la jornada electoral coincide con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones, cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante, puede ser considerado como excusa por las JEZ, siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados”.
El DNI será obligatorio para votar por correo
La JEC también ha decidido que sea obligatorio presentar un documento válido acreditativo de la identidad a la hora de entregar el voto por correo, y no solo al recibir las papeletas.
La decisión se produce días después de las sospechas de compra de votos por correo en diferentes comunidades autónomas en el marco de las elecciones autonómicas y municipales, aprovechando que hasta ahora solo era obligatorio identificarse para recibir las papeletas.