Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Icod de Los Vinos, han procedido a la detención de un conductor, varón de 36 años como presunto autor de los delitos de conducción temeraria, conducción de vehículos a motor con pérdida de vigencia de su permiso de conducción por pérdida total de puntos asignados legalmente, así como desobediencia grave y atentado contra los Agentes de la Autoridad.
Los hechos fueron detectados, mientras los agentes prestaban servicio en la carretera TF-5 a la altura del km. 36,500, cuando observaron a un motorista que adelantaba por el arcén a vehículos en retención y sin respetar la distancia lateral de seguridad, por lo que se procedió a darle el alto. El conductor hizo caso omiso a las señales del Agente e inició una huida a gran velocidad por la carretera TF-5, sentido Icod.
El conductor fue advertido por el guardia civil mediante los sistemas de señalización sonora y luminosa de su motocicleta oficial, haciendo caso omiso y continuó realizando maniobras y adelantamientos de gran peligrosidad contraviniendo las normas de circulación.
Tras reiterados avisos para que detuviera la marcha, este decidió introducirse en el casco urbano del municipio de Los Realejos donde, por su conducción agresiva y temeraria, perdió el control de la motocicleta cayendo al suelo, tratando posteriormente de resistirse a la detención.
El ahora investigado fue informado in situ de los derechos que le asistían, y citado para comparecer ante el Juzgado de Instrucción de guardia de La Orotava al cual fueron remitidas las diligencias correspondientes.
De los hechos investigados, se ha entregado atestado policial en el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia del partido judicial de La Orotava
NORMATIVA APLICABLE
Conforme a lo establecido en el artículo 480 del vigente Código Penal, el que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Conforme a lo establecido en el artículo 484 del vigente Código Penal, el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Conforme a lo establecido en el artículo 550 del vigente Código Penal, son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas, y serán castigados con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.
Conforme a lo establecido en el artículo 556 del vigente Código Penal, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.