Salir de la ciudad para desconectar en la naturaleza se ha convertido en el plan habitual de miles de conductores cada fin de semana. Sin embargo, adentrarse con el coche en caminos rurales, pistas forestales o terrenos sin asfaltar puede tener consecuencias económicas importantes.
Según la normativa vigente, circular con vehículos a motor por este tipo de vías está prohibido salvo en determinadas situaciones, y las multas pueden oscilar entre los 300 y los 5.000 euros, llegando incluso a los 30.000 euros si la infracción afecta a espacios protegidos o provoca daños ambientales graves.
Más todoterrenos, más sanciones
El auge de los SUV —que ya suponen cerca del 60% de los vehículos nuevos matriculados en España— ha llevado a muchos conductores a utilizar estos vehículos para rutas fuera del asfalto. Sin embargo, tanto la Ley de Montes como la de Vías Pecuarias prohíben expresamente el tránsito motorizado por caminos no asfaltados, salvo contadas excepciones reguladas.
Tal y como recuerdan desde la Dirección General de Tráfico (DGT), en los casos más graves, además de las sanciones administrativas, se pueden imponer penas por delitos medioambientales si se causan daños significativos a los ecosistemas.
Las sanciones dependen de la gravedad de la infracción: circular sin permiso por una vía rural puede suponer 300 euros de multa; hacerlo en zonas de especial protección o dañando el terreno puede elevar la sanción hasta 5.000 euros. En supuestos especialmente graves, como caravanas de varios vehículos o daños a hábitats delicados, las multas pueden alcanzar los 30.000 euros. Además, algunas comunidades autónomas —como Madrid, Valencia, Asturias o Baleares— aplican controles especialmente estrictos.
Cuándo está permitido circular por caminos rurales
Aunque la norma general es la prohibición, existen situaciones concretas en las que sí está permitido circular por pistas forestales o caminos rurales. Por ejemplo, cuando se trata de acceder a propiedades privadas o a pueblos donde no exista otra vía de acceso. Eso sí, en estos casos es obligatorio respetar límites de velocidad muy bajos (normalmente 20 km/h) y evitar circular en grupo.
Como indican desde la Guardia Civil, si el camino está señalizado como prohibido, la sanción es casi inevitable. En caso contrario, y si no existen alternativas, puede admitirse el paso.
Además, muchas ordenanzas municipales añaden restricciones específicas a determinadas zonas. Algunas ciudades, como Vigo, regulan con detalle el acceso motorizado a espacios naturales y áreas saturadas acústicamente. En otras regiones, como Cataluña, circular por cauces secos, cortafuegos o pistas forestales está directamente prohibido, incluso con riesgo de inmovilización del vehículo.
El ‘off-road’ pierde terreno en España
La práctica recreativa de conducir fuera del asfalto está en retroceso. Las sanciones frecuentes y la mayor concienciación ambiental han llevado a muchas comunidades a cerrar accesos y endurecer las normas. “Hace años había más permisividad, pero ahora basta una moto en un sendero para recibir una multa de miles de euros”, explica Javier, un aficionado que ha renunciado a esta actividad tras ser sancionado varias veces.
Desde la DGT insisten en que no se trata solo de sancionar, sino de proteger el medio natural. “Con la potencia de los vehículos actuales, basta poco tiempo para causar daños serios en suelos y hábitats”, recuerdan desde el organismo.
Cómo evitar problemas legales
Para quienes siguen optando por el campo como destino, es importante tener en cuenta algunas recomendaciones básicas:
- Consultar la normativa local: Muchos ayuntamientos publican información detallada sobre las zonas restringidas.
- Solicitar permisos: En casos como pruebas deportivas o accesos privados, es necesario tramitar autorizaciones ante la administración correspondiente.
- Evitar circular si no es imprescindible: Cuando no exista alternativa asfaltada, hay que extremar la precaución y reducir al mínimo la velocidad.
En definitiva, la naturaleza ya no es un terreno libre para circular con cualquier vehículo. Las sanciones pueden ser elevadas y, como recuerda la DGT, “disfrutar de la naturaleza no debe implicar ponerla en riesgo”.