FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la promotora de los musicales El Rey León y Aladdín, Stage Entertainment España SL, y a la empresa vendedora de las localidades, Entradas Eventim SAU, por cobrar un importe adicional a la entrada como «gastos de gestión». Las denuncias han sido presentadas ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
La asociación ha podido comprobar como para el espectáculo El Rey León, que se representa en el Teatro Lope de Vega de Madrid, la empresa impone una cantidad adicional que varía en función del precio de la entrada. Así, las cantidades van desde los 2 hasta los 9,60 euros, en función de dónde esté situada la butaca.
Situación similar ocurre para Aladdín, representado en el Teatro Coliseum de la capital, donde cobran hasta 11,48 euros según la localidad que se compre en concepto de «gastos de gestión».
FACUA advierte de que en ningún momento se publicita ningún tipo de prestación accesoria que pudiera justificar el cobro de este extra y, además, el importe varía en función de criterios desconocidos y que no se aclaran en las condiciones de venta, sin que pueda saberse si está relacionado con el precio de la entrada.
En este sentido, la asociación entiende que los gastos de gestión son parte de los costes operativos de la actividad empresarial, y que ya de por sí son cargados al consumidor en el precio de venta de una entrada. Sin embargo, la organizadora de los musicales aplica estos gastos sin prestar ningún servicio extra al consumidor.
Es inherente a toda actividad empresarial repercutir todos o parte estos de los costes del servicio que presta, pero imputándolos al precio final. Lo que no se puede es repercutir parte de dichos costes operacionales bajo el concepto de “gastos de gestión” cuando la adquisición online de una entrada es un proceso automático y autónomo en el que no hay nada que gestionar.
Qué dice la ley
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha emitido una nota en la que deja claro cuáles son los requisitos que deben de cumplir, en caso de existir, los recargos o costes adicionales durante la adquisición de entradas para espectáculos públicos. Asimismo, FACUA interpreta que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, recoge que dichos gastos deben referirse exclusivamente a servicios concretos distintos a la simple venta de la entrada que reciban los consumidores, ya que deben estar incluidos en el precio final que se muestra.
Además, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 se ha pronunciado públicamente sobre esta cuestión, afirmando que en el caso de que los costes no estén correctamente reflejados en la información facilitada, el consumidor no tendrá la obligación de abonar dichos gastos o costes. Además, para un mismo evento o espectáculo, los costes adicionales no pueden variar en función del precio de la entrada —como ocurre en el caso de los musicales de El Rey León y Aladdin—, ni ser un tanto por ciento del precio de la misma. De este modo, FACUA entiende que los asistentes a cualquiera de estos espectáculos no deberían haber pagado este gasto adicional, por lo que ahora tienen derecho a solicitar el reembolso.
La asociación señala a todos los usuarios que hayan tenido que pagar este concepto en alguno de los eventos a los que hayan asistido que pueden acudir a la asociación para que valore su caso y realice acciones en defensa de sus derechos.





