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Sentencia ejemplarizante para un hombre que le pegó a otro en el Tranvía por “cómo lo miraba”

La herida, de gran profundidad, se extendía desde la oreja hasta la boca
Piden 10 años de cárcel por una brutal agresión en el tranvía de Tenerife: "Intentaron matarlo"

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena de cinco años de cárcel y el pago de 26.000 euros en concepto de responsabilidad civil —1.000 por los gastos médicos y 25.000 como indemnización— al hombre que agredió a un turista en el Tranvía de Tenerife.

Los hechos ocurrieron la noche del 27 de enero del año pasado, en torno a las 22:40 horas, cuando el tranvía circulaba a la altura de la parada de Guajara. La víctima viajaba junto a su esposa, mientras que el acusado iba acompañado de dos amigos.

Según consta en la sentencia, el procesado increpó al turista preguntándole por qué lo miraba. Ante el silencio del afectado, que mostraba incomodidad por la actitud de los jóvenes, el acusado esperó a que aquel se levantara para consultar la siguiente parada y, en ese momento, le asestó un corte en el rostro con un objeto punzante que nunca fue hallado. La herida, de gran profundidad, se extendía desde la oreja hasta la boca. Un segundo intento de ataque alcanzó únicamente la chaqueta de la víctima.

Huyó del Tranvía

Tras la agresión, el acusado aprovechó la detención del Tranvía para huir, aunque fue detenido horas más tarde en La Laguna y enviado a prisión provisional, situación en la que permanecía en el momento del juicio.

El turista precisó de atención médica y un tratamiento quirúrgico, con un periodo de curación de diez días. Como secuela, presenta una cicatriz en forma de “J” en la parte izquierda de la cara, considerada un perjuicio estético moderado.

Durante el recurso, la defensa sostuvo que no existían pruebas directas que incriminaran a su cliente, alegando contradicciones en las declaraciones sobre la vestimenta y cuestionando la nitidez de las grabaciones. El TSJC, sin embargo, valoró el testimonio reiterado y coherente de la víctima, respaldado por su esposa y por un sanitario que presenció los hechos de manera fortuita y prestó la primera asistencia.

Asimismo, tanto en la rueda de reconocimiento como en las imágenes de las cámaras de seguridad —descritas como claras y a color— el acusado fue identificado sin dudas. Los vigilantes del tranvía también confirmaron su autoría tras revisar las grabaciones, recordando que se trataba de un usuario habitual del servicio.

El tribunal descartó, además, la alegación de la defensa de que el hombre actuó bajo los efectos de drogas, de un síndrome de abstinencia o de una enfermedad psiquiátrica sin tratamiento. “No ha quedado probado que el procesado se encontrara en una situación que le impidiera comprender la ilicitud de sus actos o actuar conforme a dicho conocimiento”, señala la resolución judicial.

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