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El BOE confirma un giro radical para los influencers: esto es lo que no podrán hacer en sus vídeos

La CNMC estrecha el cerco sobre los creadores de contenido: los regalos, marcas y envíos gratuitos deberán señalizarse obligatoriamente en pantalla
La influencer Lola Lolita. | EP
La influencer Lola Lolita. | EP

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) intensificará la vigilancia sobre los vídeos publicados por influencers en redes sociales para detectar publicidad engañosa o comunicaciones comerciales encubiertas.

El organismo regulador ha formalizado un contrato de asistencia técnica para examinar de forma exhaustiva el contenido audiovisual difundido en las principales plataformas digitales, según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este viernes, 17 de julio de 2026.

Esta medida, tramitada bajo el expediente 250017, no implica una fiscalización masiva de internet, sino que se centrará en los denominados usuarios de especial relevancia.

La CNMC ejerce sus competencias específicas sobre aquellos creadores de contenido que cumplen con los requisitos legales de volumen de ingresos, masa de audiencia y actividad recurrente en sus perfiles públicos.

El control de la competencia sobre el negocio digital se ha vuelto prioritario en España. La normativa busca proteger a los consumidores, especialmente a los jóvenes, de la promoción de productos que no se identifica claramente como un espacio pagado.

En el caso de Canarias, donde el consumo de contenidos digitales a través de redes como Instagram o TikTok supera la media nacional en determinados segmentos de edad, la regulación de estas prácticas afecta de forma directa al impacto publicitario que reciben los usuarios isleños.

Qué buscará la CNMC en los vídeos de los influencers

El objetivo prioritario de este contrato técnico es localizar vídeos que promocionen marcas, bienes o servicios sin advertir de forma explícita y visible al espectador sobre su naturaleza comercial. El criterio fijado por la CNMC establece que la identificación publicitaria debe figurar dentro del propio vídeo.

El regulador advierte de que ya no basta con añadir una etiqueta en el texto de la descripción, recurrir a las herramientas automáticas de la plataforma o emplear fórmulas ambiguas como “embajador de marca” o “colaboración”. La institución recomienda el uso de términos directos, claros y legibles desde el primer segundo, tales como “publicidad” o “publi”.

Regalos y envíos gratuitos bajo sospecha

Una de las claves del nuevo marco de inspección es que puede existir publicidad aunque no haya un pago monetario directo. La CNMC sostiene que se debe evaluar la finalidad del contenido: un vídeo tiene carácter publicitario si contribuye a posicionar una marca, incluso en ausencia de un contrato financiero.

De este modo, el foco de la supervisión se amplía y pasará a rastrear:

  • Envíos gratuitos de productos a domicilio.
  • Regalos promocionales de marcas hoteleras o de moda.
  • Experiencias o viajes subvencionados.
  • Colaboraciones en especie que favorezcan el consumo de un artículo.

No obstante, la CNMC matiza que la simple recepción de un obsequio no constituye una infracción de forma automática; cada publicación será evaluada individualmente según su contexto.

Antecedentes: los cinco creadores advertidos

Este refuerzo técnico se produce apenas un año después de la consolidación del criterio interpretativo del organismo (fijado en junio de 2025) y tras las advertencias directas notificadas el pasado mes de junio a cinco conocidos creadores de contenido en España: Sofía Suescun, Tamara Gorro, Peldanyos, Samy Spain y Lola Lolita.

En aquellos expedientes, referidos a la promoción no señalizada de tarjetas bancarias, ropa, restaurantes y alimentos, la CNMC optó por requerimientos de subsanación en lugar de sanciones económicas urgentes. Además, el organismo recordó la estricta prohibición de realizar alegaciones sanitarias no autorizadas en redes, un aspecto especialmente vigilado tras detectarse infracciones relacionadas con complementos alimenticios.

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