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El BOE amplía las actividades que puedes hacer desde el lunes: abrir administraciones de lotería, concesionarios o pasar la ITV

Edición Digital
Last updated: 9 mayo, 2020 9:50 am
By Edición Digital
Published: 9 mayo, 2020
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4 minutos de lectura
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El Gobierno permitirá en las provincias y zonas que han pasado a la fase I de la desescalada la reapertura al público a partir del lunes 11 de mayo de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas «sea cual fuera su superficie útil» mediante la utilización de cita previa. También podrán abrir las administraciones de lotería.

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Así se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) relativo a la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El Gobierno señala que podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, «siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados», si bien se exceptúan aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.

En el artículo 10 establece que además «podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de
vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta».

PODRÁN ABRIR LAS ADMINISTRACIONES DE LOTERÍA
Asimismo «podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior».

Según el BOE, todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, «podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso».

Además, señala que cuando así lo decidan los ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, «podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al
aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores».

Según subraya, los ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación
del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.

«En todo caso, se garantizará una limitación al 25% de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación», indica.

TEMAS:actividades que se pueden hacer en la fase 1BOEnuevas actividades el lunes
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