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Polémica nacional por una orden ministerial que alude a la posibilidad de “ocupar por el gobierno” viviendas privadas

CER 12 abril, 2020
Actualizado 2020/04/12 at 1:44 PM
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El Gobierno de España ha publicado este sábado pasado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden ministerial que desarrolla la nueva ayuda del Plan Estatal de Vivienda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por la epidemia de COVID-19, en la que se incluye un programa de ayudas directas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, sin hogar y especialmente vulnerables para facilitarles una «solución habitacional inmediata» mediante una ayuda económica.

La norma contempla facilitar una solución habitacional inmediata a las personas que cumplan los requisitos de vulnerabilidad fijados por los servicios sociales de cad comunidad autónoma. Los beneficiarios podrán acceder a una vivienda en régimen de alquiler, cesión de uso o «cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho». La vivienda facilitada por los gobiernos regionales puede ser bien de titularidad pública, o cedida a la Administración por un privado, pero en caso de no disponer de pisos y casas públicas «la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias».

En el polémico texto, en el que se explica que la ayuda podrá ser de 600 euros al mes o de hasta 900 en algunos casos, se establece que los Gobiernos autonómicos «pondrán a disposición de la persona beneficiaria una vivienda de titularidad pública, o que haya sido cedida para su uso a una administración pública aunque mantenga la titularidad privada» que tenga las condiciones adecuadas, «para ser ocupada en régimen de alquiler, de cesión de uso, o en cualquier régimen de ocupación temporal admitido en derecho».

Sin embargo, PP y Vox han criticado que, acto seguido, la orden señale que «cuando no se disponga de este tipo de vivienda, la ayuda podrá aplicarse sobre una vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias, en los mismos regímenes».

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