Eran las dos de la madrugada cuando al conductor de un coche fúnebre le dio por fumarse un cigarro y poner música alegre en presencia de la hija del difunto que trasladaba desde Cáceres hasta Valencia de Alcantara. En enero de 2014, su empresa le advirtió que debía eliminar esos hábitos siempre que estuviera de servicio. Al parecer, el trabajador no hizo caso de dichas directrices y siguió con su actitud y, por supuesto, cobrando sus 1.525 euros de sueldo hasta que le despidieron por motivos disciplinarios. El caso es que un juez de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura le ha dado la razón a la empresa para la que trabajaba este hombre tras el recurso que presentó en el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres.
Aquella noche, la hija del fallecido no cabía en el vehículo en el que se iba a desplazar el resto de familiares, por lo que pidió al trabajador de la funeraria que la llevase. En un primer momento el conductor se negó. Además, lo hizo «con un ademán chulesco», según se detalla en la sentencia. Luego, «cambió de criterio y le dijo que lo consentiría, pero que llevaría puesta música y fumaría».
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