Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura subirán desde esta medianoche al nivel de alerta 3, mientras que Lanzarote continuará en nivel 2 y La Palma, La Gomera y El Hierro, en nivel 1. Así lo acordó el Consejo de Gobierno el pasado jueves, tras analizar la situación epidemiológica en el archipiélago y adoptar las medidas que entrarán en vigor de cara a la Semana Santa.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el consejero de Sanidad, Blas Trujillo, explicó que la decisión de subir a la isla de Tenerife a nivel 3 responde a que a lo largo de estas dos semanas todos los indicadores han ido subiendo de una manera “constante y continua”, tanto la incidencia acumulada a 7 días, como la incidencia para los grupos mayores de 65 años y la ocupación de camas en las UCI.
Una situación similar se daba en Fuerteventura, que se ha colocado en una incidencia acumulada a 7 días propia del nivel 3. Además, la incidencia en el grupo de personas mayores de 65 años, tanto a 14 como a 7 días, se está colocando por encima del límite de dicho nivel, lo que ha tenido como consecuencia que se haya tenido que activar el plan de contingencia en el Hospital Insular, de ahí que también suba a nivel 3.
En el caso de Gran Canaria, si bien tiene un incremento de casos “menos significativo” y “un poco más amortiguado” en comparación con Tenerife y Fuerteventura, el consejero aclaró que se mantiene un crecimiento “constante y alcista” que es necesario atajar, de tal manera que, siguiendo la estrategia de anticipación que se ha mantenido hasta ahora por parte del Ejecutivo, la isla también pasará a nivel 3.
Con independencia de los niveles de alerta en los que se encuentre cada isla, se permitirá servir comida a domicilio hasta las 24.00 horas. También se permitirán las actividades deportivas en los espacios cerrados (gimnasios) en el nivel 3, pero con un aforo máximo del 33%, distancia de 2 metros, uso de mascarillas y grupos de cuatro personas, con los monitores.
Asimismo, queda restringida la entrada y salida de personas, salvo por causa justificada que se produzca por alguno de los motivos contemplados en el artículo 6 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre. Además, en nivel de alerta 3 se limita la libertad de circulación de las personas entre las 22.00 y las 06.00 horas todos los días, salvo para la realización de actividades esenciales.
En el nivel de alerta 3, la permanencia de personas tanto en espacios de uso público como privado cerrados o al aire libre quedará limitada a 4 personas, salvo convivientes. En hostelería y restauración, se mantiene el número de comensales por mesa en 4 personas, el cierre al público antes de las 22.00 horas y la prohibición del servicio en las zonas interiores, salvo las de centros sanitarios, las de centros de trabajo para el consumo de su personal y las de alojamiento turístico para el uso exclusivo de huéspedes en régimen de alojamiento.
En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento, queda prohibida las actividades que propicien no mantener la distancia de seguridad interpersonal o no usar mascarillas, tales como bailes, karaokes, entre otros.
En el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, en islas en niveles de alerta 3 queda reducido su aforo al 50%. En todas las islas, se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres urbanos en las horas punta para evitar aglomeraciones.
En las horas punta se evitará hacer uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables. Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.