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escÁndalo polÍtico y sindical en el huc

El HUC, condenado por contratar 33 veces seguidas a una trabajadora

El TSJC sentenció que el hospital tenía que reconocer como indefinida a la técnico, ya que no existía la eventualidad alegada para vulnerar sus derechos
Hospital Universitario de Canarias (HUC) | EUROPA PRESS

El Hospital Universitario de Canarias ha sido sentenciado en al menos dos ocasiones por despedir y contratar reiteradamente a una trabajadora que, en realidad, tenía derecho a ser nombrada como personal indefinido, por cuanto la eventualidad que se alegaba desde el hospital para vulnerar los derechos de esta técnico no existían en realidad. Lo más rocambolesco del caso es que realmente la sentencia se dicta contra el Servicio Canario de la Salud, que responde por el HUC si bien este hospital se rige irregularmente por una legislación distinta a la aplicable como centro del propio SCS.

En el caso que nos ocupa, el Tribual Superior de Justicia de Canarias estima las pretensiones de la trabajadora sin dejar espacio a la duda. En concreto, la técnico (representada legalmente por la letrada Arantxa Figueroa, de AFC Abogados), demandaba que, tal y como le ha sido reconocido, que “los sucesivos contratos de carácter eventual por servicios determinados suscritos sin solución de continuidad por la actora constituyen fraude de ley, condenando al Hospital Universitario de Canarias”, por ello. En consecuencia de lo expuesto, el tribunal también sentencia que “se reconozca que la actora ostenta la condición de personal indefinido del Hospital Universitario de Canarias, asimilado al personal interino, a efectos de cobertura del puesto de trabajo, condenando al Hospital Universitario de Canarias a estar y pasar por este reconocimiento, ya reconocer a la actora la relación estatutaria de interinidad, ello en base a la antigüedad en el puesto que viene cubriendo en virtud de los sucesivos contratos de servicio determinados”. Hay que tener en cuenta que a esta trabajadora en concreto (hay otra sentencia muy similar y el citado despacho de abogados tinerfeño tramita en este momento cinco denuncias más) se le llegaron a realizar 33 contratos seguidos con el siguiente fraude de ley. Al principio, era contratada por un mes y la despedían, para luego contratarla al mes siguiente. Así, desde 2011, si bien el último año los contratos se ampliaron a los seis meses de duración.

Como recuerda la sentencia, “los nombramientos eventuales se describen como prestación de servicios determinados de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria, por circunstancias coyunturales derivadas de la reducción de número de efectivos”. En realidad, no era más que una artimaña desde los órganos seleccionadores del HUC. Como bien explica el tribunal, por un lado “resultan ser muchos años de reducción de efectivos, y no se determina cuántos efectivos faltan de un total necesario a cubrir”. Y, por otro, “no existe referencia concreta sobre en qué consiste la reducción de efectivos. De ser así, lo suyo sería nombramientos interinos por vacante”. En resumen, un fraude de ley.

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