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tribunales

Dictan la primera condena a favor de los accionistas del Banco Popular

La sentencia en cuestión es de enorme interés para Canarias, donde la sospechosa liquidación de esta entidad financiera ha perjudicado a miles de isleños
BANCO POPULAR OFICINA
Oficina del Banco Popular. EUROPA PRESS

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo ha sido el primero de toda España en dictar una sentencia que anula la compra de acciones durante las ampliaciones de capital del Banco Popular. Esta decisión judicial resulta de extraordinario interés para Canarias, por cuanto se cuenta por miles los afectados en las Islas por la sospechosa liquidación de esta entidad financiera.

En concreto, esta pionera sentencia anula una compra de acciones de banco dentro de la ampliación de capital llevada a cabo en 2016, así como tres adquisiciones posteriores. Así, el juzgado ovetense condena a la entidad financiera, vendida al Banco de Santander por un euro, a que devuelva al demandante los 5.454 euros que pagó por un paquete de 5.000 acciones, además de los intereses legales por dicha suma desde que tuvo lugar tal adquisición.

Al ser declarada como nula tal compraventa, hay que retornar a la situación justo anterior a la misma, por lo cual el demandante tendrá, a su vez, que entregar los títulos recibidos y abonar al banco el importe de los rendimientos de cualquier tipo obtenidos de ellos más el interés legal devengado desde su pago. Además, la sentencia declara nula una compra de obligaciones subordinadas por 30.000 euros realizada en julio de 2011 y obliga también a la entidad a devolver el capital suscrito y al demandante a pagar el importe de los rendimientos obtenidos por las mismas, tal y como detalla la agencia Efe.

Para justificar su decisión, la sentencia señala que existía una “notable diferencia” entre la situación patrimonial y financiera del Banco Popular, que determinó su intervención meses después, y la expresada en el folleto de la oferta pública, “donde se erigía en el banco más rentable del mercado español, si bien en atención a determinados parámetros”. Así, incide en que esa información “falseada o irregular” llevó al demandante a hacerse una representación equivocada de la rentabilidad de su inversión, dado que, sin solución de continuidad desde la finalización de la oferta, el banco desveló una situación “netamente distinta” hasta que fue intervenido y vendido por un euro a otra entidad, con pérdida íntegra de la inversión del actor.

Además, señala que el demandante, de haber tenido conocimiento del estado real de la sociedad, no habría invertido sus ahorros.

Ya se ha presentado la primera batería de demandas en Tenerife

El abogado tinerfeño Carlos Gómez, habitual colaborador de DIARIO DE AVISOS y reconocido especialista en reclamaciones por productos tóxicos bancarios, confirmó ayer a este periódico que su bufete (Sirvent&Granados) ya ha presentado la primera batería de demandas en nombre de los perjudicados tinerfeños por el Caso Popular. “Ya hemos presentado un par de decenas, todas ellas en relación con la última ampliación de capital que efectuó el Popular, cuyas irregularidades se nos antojan evidentes y, en cierto modo, similares a las que tuvieron lugar cuando Bankia salió a Bolsa”, detalló el referido abogado, para quien no hay duda de que “seguiremos presentando demandas, primero porque ya las estamos preparando, pero también porque, a medida de que los tribunales vayan dando la razón a los accionistas del Banco Popular, otros perjudicados comprenderán que la Justicia es el mejor camino para recuperar lo que es suyo”, apostilló.

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