La magistrada del Juzgado de Instrucción Número 3 de Arona, Sofía Elena Valdivia, encargada de la investigación del derrumbe del edificio Julián José en Los Cristianos (Arona), en el que fallecieron siete personas el 14 de abril de 2016, dictó ayer un auto en el que decreta el sobreseimiento provisional de la causa al no apreciar responsabilidad penal en el siniestro.
En sus conclusiones, la juez señala que las causas del derrumbe “pueden ser múltiples” y que “no se puede atribuir responsabilidad penal a ninguno de los sujetos analizados”. La magistrada argumenta en su resolución que la existencia de un problema de origen pudo determinar que el bloque estuviese en mal estado.
En ese sentido, los informes de los peritos coinciden en la mala calidad de los materiales empleados, con los pilares debilitados y el hormigón en estado de desintegración, aunque el procedimiento no se dirige al promotor, al encargado de elaborar el proyecto ni al contratista de la obra, dado que los materiales utilizados eran los propios de la época. Por esta razón, la magistrada advierte de la obligación de las autoridades administrativas de establecer “controles rigurosos” sobre la estabilidad de los edificios que puedan presentar una situación de riesgo sin esperar a los 50 años establecidos legalmente para su evaluación.
Obras misteriosas
Además, la juez señala que no se puede concluir qué tipo de obras se acometieron exactamente en el local en el año 2002 (las reformas realizadas por Banesto), que llega a calificar de “misteriosas”, al no poder obtener la documentación que aclare el calado de los trabajos.
A su juicio, no puede precisarse que los mismos hayan generado el desplome, “teniendo en cuenta que en el momento en el que se realizaron las obras el edificio no se cayó y estuvo abierto hasta un tiempo después como sede de la sucursal de Banesto en Los Cristianos y que, posteriormente, a pesar de permanecer cerrado, tampoco tuvo lugar el derrumbe”.
Respecto a la comunidad de propietarios, el auto también recoge la “falta de observación del deber de conservación” de los dueños. Por otra parte, la resolución judicial recoge la conclusión de los peritos respecto a las obras que realizaba una empresa de cosméticos en los días previos al siniestro: “Fueron el detonante, pero no la causa del derrumbe”. La magistrada admite que los interrogantes que surgen de la investigación son múltiples, “lo que no permite seguir adelante con la instrucción al no poder dirigirse la imputación de una forma clara e inequívoca”. Para Sofía Elena Valdivia, existe concurrencia de causas en el siniestro y, por tanto, “varios responsables, sin que pueda afirmarse que, de forma individual, ninguno de los intervinientes haya realizado una acción exclusiva y específica que haya provocado el resultado de muerte”.
Por todo ello, la juez considera que el tipo de responsabilidad de los intervinientes debe establecerse en la vía civil, “en el seno de un procedimiento más ajustado que permita analizar cada una de las actuaciones de forma pormenorizada y se pueda obtener, en su caso, la oportuna y justa indemnización”.
En el auto se recuerda que las partes personadas podrán interponer, en el plazo de tres días, recurso de reforma ante el Juzgado de Instrucción Número 3 y de apelación en los próximos cinco días.
Tres días para rescatar los cadáveres entre los escombros
El edificio Julián José, situado en el número 12 de la calle Amalia Alayón, en Los Cristianos, se desplomó a las 9.31 horas del 14 de abril de 2016. Fallecieron siete inquilinos: Graciela Fannidhi, Mariflor González, Noemi Ruiz, Antonio Jesús García, Hanane Mrbet Fahsi, Alessandro Locatelli y Markku Tapani.

