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El Supremo tumba definitivamente el PMM de Costa Adeje

El alto tribunal no admite a trámite los recursos del anterior Gobierno de Canarias y del Ayuntamiento y entierra la herramienta urbanística, creada por CC, en la localidad turística sureña
El TSJC había anulado de pleno derecho en abril el decreto de aprobación del PMM de Costa Adeje. DA
El TSJC había anulado de pleno derecho en abril el decreto de aprobación del PMM de Costa Adeje. DA

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo no ha admitido a trámite los recursos de casación presentados por el anterior Gobierno de Canarias (CC) y el Ayuntamiento de Adeje (PSOE) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, emitida el pasado mes de abril, que anulaba de pleno derecho el decreto de aprobación del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de Competitividad (PMM) de Costa Adeje.

La providencia del alto tribunal supone tumbar definitivamente el planeamiento urbanístico de una de las principales zonas turísticas del Archipiélago, que se basaba en una herramienta creada por el Ejecutivo autonómico para renovar la planta alojativa y que permitía, a tal fin, un mayor volumen de construcción en altura.

El Tribunal Supremo basa su rechazo a la admisión a trámite de los recursos en el incumplimiento de las exigencias que marca la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa en los escritos de preparación, es decir, entiende que no se daban los requisitos exigidos por la ley para poder entrar en el fondo del asunto al no justificar las partes recurrentes la existencia de infracciones relevantes y determinantes. La resolución es firme y, por tanto, no cabe la presentación de recurso.

El Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Adeje tendrán que abonar las costas procesales, cuyo límite cuantitativo máximo establece el alto tribunal en 1.000 euros para cada uno.
Hay que recordar que el pasado 12 de abril, la Sala Segunda de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), como adelantó DIARIO DE AVISOS, anuló de pleno derecho el decreto de aprobación del PMM de Costa Adeje, aceptado por el Gobierno regional y publicado en el Boletín Oficial de Canarias el 23 de julio de 2015.

La Justicia basó su decisión en tres infracciones procedimentales: no haber consultado al Ayuntamiento de Arona, cuando en el plan existían previsiones que afectaban a este término municipal (la ley de renovación y modernización turística de Canarias exige la conformidad de los ayuntamientos afectados); un informe desfavorable de la Secretaría General de Telecomunicaciones, que tiene carácter vinculante y concede a la Consejería de Política Territorial un plazo máximo de un mes para remitir al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo el PMM adaptado al contenido del informe o formular alegaciones al mismo, trámite que no ha sido verificado; y, por último, un tercer informe en contra del Consejo Insular de Aguas de Tenerife, organismo dependiente del Cabildo.

La sentencia recogió que, “acreditadas al menos las infracciones de procedimiento y constituyendo todas ellas vicios de nulidad de pleno derecho, carece de efecto útil continuar con el examen del resto de motivos de impugnación, sean de forma, sean de fondo, aducidos en demanda”. Es decir, el TSJC entendió que existían motivos de forma suficientes para declarar la nulidad del documento, sin necesidad de entrar en la cuestión de fondo.

El fallo anuló el decreto 104/2015, de 22 de mayo, por el que se aprobó el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Adeje. El Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Adeje interpusieron recurso ante el Tribunal Supremo, que ahora tampoco les ha dado la razón.