Se permitirá celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre y las reuniones de un máximo de 15.
Las islas de La Graciosa, La Gomera, El Hierro y Formentera pasan a la fase 2 del ‘Plan de desescalada‘ el próximo lunes, 18 de mayo, mientras que el resto de territorios que accedieron a la fase 1 a principios de esta semana deben cumplir un mínimo de 14 días en dicha etapa, ya que este es el periodo medio de incubación del coronavirus Covid-19.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado incluye en su capítulo segundo la ‘flexibilización de las medidas de carácter social’, como la libertad de circulación, una vez se pase a la fase 2.
En el artículo 7 se señala que “se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza”.
No obstante, en el texto se matiza que “las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y a las personas dependientes”.
En todos los casos, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del coronavirus, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria.
A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de quince personas, excepto en el caso de personas convivientes.
BODAS
El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas.
Así, según la orden publicada esta tarde en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el Ministerio de Sanidad, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.
Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos.
Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.