Desde el inicio de la pandemia mundial has visto estas cosas e incluso quizá lo has hecho tú mismo: coches de cuyos espejos retrovisores interiores cuelga una (o varias) mascarillas de todos los colores y tamaños.
Parece el sitio idóneo porque, si el conductor no tiene que llevarla puesta, ahí no le molesta en la cara y parece higiénico porque no roza contra ninguna superficie. Pero ojo: llevar ahí el tapabocas puede acarrear una multa de 80 euros.
De todas maneras, llevar adornos colgados de ese retrovisor también es sancionable según el código. Así lo advierte el RACE en un artículo publicado este jueves y así lo defienden también organismos como Automovilistas Europeos Asociados o la aseguradora Mapfre.
El RACE asegura que el Reglamento General de Circulación lo dice claramente en el artículo 19: se prohíbe circular con un vehículo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana sobre toda la vía por la colocación de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados. Incumplir esta norma conlleva una multa 200 euros, se afirma.