La hostelería tinerfeña podrá abrir el interior de sus locales tras el último fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), conocido esta misma tarde. Así, Tenerife seguiría estando en un nivel 3 con nuevas modificaciones, o como han dicho hoy algunas autoridades, en una especie de “nivel 2 reforzado”. A continuación puedes conocer cuáles son las medidas vigentes:
Hostelería:
- El fallo del TSJC anula la limitación de aforo en las terrazas al 50% impuesto en este nivel 3, así como la prohibición de utilizar los espacios interiores y la barra. La ocupación máxima de las mesas ya no es en grupos de 4 personas y tampoco es necesario que la actividad finalice a las 23:00 horas. La anulación tiene efecto inmediato.
Residencias
- Las restricciones en cuanto a los horarios de cierre y a los controles de visita en las residencias de mayores y centros de personas con discapacidad solo afectarán a aquellas personas que no tengan su pauta de vacunación completa.
Parques y actividades
De forma general y para todas las actividades se deberá priorizar que el desarrollo de las mismas sea en espacios al aire libre frente a los espacios interiores. Además, debe garantizarse la adecuada ventilación de los espacios interiores tanto durante el desarrollo de las actividades como entre usos consecutivos. Cada ayuntamiento podrá permitir la utilización del mobiliario público infantil, así como las máquinas para hacer deporte, las pistas de skate y otros espacios al aire libre, siempre que se respeten las medidas de prevención y se extremen las medidas de limpieza. Por tanto, ya no será necesario precintar estos espacios, como anteriormente sucedía en el nivel 3.
Ocio, juegos y apuestas
Los locales destinados a juegos y apuestas podrán abrir con una limitación de aforo del 33% pero con la prohibición de servir comida en su interior. El ocio nocturno permanecerá cerrado.
Alojamientos turísticos
Las zonas comunes y aquellos lugares en los que se puedan realizar eventos quedarán reducidos al 33% del aforo. Los grupos podrán ser de un número máximo de 4 personas. En el servicio de bufé o autoservicio no será de aplicación el cierre de los interiores.
Cultura
En cines, teatros, auditorios y espacios culturales de titularidad pública se permite un 55% del aforo autorizado. Podrá acomodarse al público por grupos de convivencia estable de hasta 4 personas. En este nivel se mantendrá, como mínimo, dos butacas libres entre grupos de convivencia en la misma fila horizontal y una butaca libre tanto delante como detrás de cada butaca ocupada. En caso de no contar con butacas fijas se mantendrá una distancia perimetral de 1,5 metros de separación entre grupos de convivencia. No está permitido comer ni beber durante los espectáculos o sesiones
Deporte
Al aire libre no se superará el 50% del aforo deportivo establecido para cada una de las estancias o espacios en el caso de instalaciones y centros deportivos. En las actividades colectivas en las que no sea posible mantener la distancia de seguridad, se permite un número máximo de 4 personas por grupo, incluido el monitor, garantizando que se mantiene la distancia indicada entre los distintos grupos en todo momento y haciendo uso de la mascarilla obligatoriamente.
Playas y piscinas
En las playas se establece un aforo del 50% y los grupos no podrán sobrepasar las 4 personas. En las piscinas descubiertas habrá un aforo del 33%, con grupos de máximo 4 personas. Las piscinas cubiertas de titularidad pública estarán abiertas solo para usuarios que precisen de la actividad con fines terapéuticos y mejora de la salud. Los spas o piscinas de hidromasaje cubiertos estarán cerrados, al igual que las saunas.