El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha actualizado las medidas frente a la Covid-19 siguiendo las indicaciones del Gobierno de Canarias tras la decisión de establecer a partir de la madrugada del viernes al sábado, el nivel de alerta 4 en la isla.
En un comunicado, el Consistorio explicó que procederá al cierre de los parques infantiles, así como máquinas para la práctica deportiva en la vía pública, aparatos biosaludables, pistas de skate y otros espacios de uso público al aire libre similares. También se precintará la zona de juegos de mesa del Parque Santa Catalina.
Desde este sábado también se establecerá un aforo máximo en todas las todas las playas y en las piscinas naturales de La Laja del 50% con el objetivo de evitar aglomeraciones y del 25% en los balnearios municipales.
Por su parte, la población podrá consultar la ocupación de las playas a través del semáforo de aforo online, disponible en www.laspalmasgc.es y www.lpamar.com.
Además, en las playas solo se permitirá la práctica de deporte individual y siempre que pueda garantizarse la distancia de 2 metros con otras personas permanentemente.
Cumpliendo con las medidas establecidas por el Ejecutivo autonómico, se limitará al 75% el aforo de Guaguas Municipales, igual que en los taxis salvo que viajen convivientes. No obstante, la fila del conductor no podrá ser ocupada por ningún otro usuario.
Los centros cívicos y locales sociales permanecerán abiertos, con la limitación de aforo para interiores del 25%. Además del plan de aforamiento establecido por cada centro, la limpieza y ventilación de los espacios en los que se realizan las actividades y el uso obligatorio de mascarillas, el Consistorio exigirá como complemento del protocolo de seguridad el certificado COVID de vacunación a todas las personas que quieran acceder a los locales municipales.
Por tanto, todos los centros cívicos y locales sociales municipales que reúnan estas condiciones se pondrán a disposición nuevamente de la ciudadanía para su uso previa solicitud y autorización por parte del correspondiente distrito en el que estén ubicadas las instalaciones, continuando con el cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas al efecto.
Por otro lado, respecto a los rastros y mercadillos, se ha acordado limitar el aforo al 33%.
CIERRE DE LA RESTAURACIÓN, ANTES DE LAS 00.00 HORAS
De igual modo, se establecerá el cierre al público de los establecimientos de hostelería y restauración antes de las 00.00 horas, debiendo los responsables de los establecimientos adoptar las medidas precisas para su cierre efectivo antes de esa hora.
Estas medidas no incluyen a las cafeterías y restaurantes de los centros sanitarios ni de los centros de trabajo para el servicio exclusivo de los trabajadores.
Los establecimientos tendrán un 75% del aforo al aire libre y del 33% en interiores y como mesas de seis comensales como máximo.
Los locales de ocio nocturno también tendrán como hora límite de cierre las 00.00 horas y deberán respetar una ocupación del 75% al aire libre y del 25% en interiores, con mesas de hasta seis personas.
ESPACIOS DEPORTIVOS
En cuanto a los espacios deportivos debido al cambio de nivel de alerta, el Instituto Municipal de Deportes (IMD) modificará también las medidas para el deporte no federado en los espacios municipales.
En este sentido, el aforo permitido será del 33% al aire libre y del 25% en espacios interiores y grupos de hasta seis personas como máximo, salvo que se trate de convivientes.
Durante el nivel de alerta 4, no se podrán celebrar eventos multitudinarios con más de 750 asistentes, tanto en espacios abiertos como cerrados.
En cuanto a espectáculos públicos, tampoco se podrán celebrar los deportes que se desarrollen esporádicamente y en lugares distintos a los establecimientos habituales y aquellas actividades celebradas en instalaciones desmontables o a cielo abierto que no tengan consideración de evento multitudinario.
Los spas o piscinas con hidromasaje cubiertas y las saunas permanecerán cerrados y las piscinas de uso colectivo y spas o piscinas de hidromasaje descubiertas no superarán el 33% del aforo autorizado.
Por otra parte, las piscinas de uso colectivo cubiertas podrán abrir solo para usuarios y usuarias que precisen de la actividad con fines terapéuticos y mejora de la salud, no superándose el 33 % de aforo.
Sí se permitirá la práctica deportiva federada, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla.
Además, el número de participantes en competición será el determinado en las normas específicas deportivas. En entrenamiento, el aforo deportivo estará limitado al 33%.