El anuncio es oficial y semana que viene entra en vigor la nueva revisión del Manual de la ITV, lo que conlleva muchos cambios que van a afectar a los conductores que a partir de ahora tengan que acudir a pasar la revisión de su vehículo.
Cambios a partir del 1 de junio
La nueva ITV entra en vigor el 1 de junio, martes. Los cambios que afectarán a los conductores y propietarios que se incluirán a partir de esta fecha son:
El cambio en la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando no es obligatorio llevarlo.
Ell sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave.
El posible desprendimiento de los espejos retrovisores también pasa a considerarse como un defecto grave.
Se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la DGT en caso de no ser presentado éste en la estación ITV.
Se especifican de manera totalmente clara la comprobación de las emisiones en vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV) o la identificación de las motocicletas con sistemas avanzados de control de emisiones.
Si se rechaza la ITV, se debe volver a la estación para revisar el coche en menos de dos meses como máximo.
Cabe recordar que, circular con la ITV negativa en trayectos que no sean acudir al taller o a la estación de revisión, a los que tendrá que ir asistido por una grúa, conlleva una sanción económica de 500 euros. En el caso de haber sido desfavorable, es decir, que el vehículo presenta defectos graves pero se le permite circular para ir al taller; la multa puede llegar a los 200 euros, al igual que si se circula con la pegatina caducada.