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Los funcionarios que suspendan la ‘evaluación de desempeño’ podrán perder sus puestos

Edición Digital 21 diciembre, 2022
Actualizado 2022/12/21 at 12:56 PM
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Los funcionarios que no pasen la 'evaluación de desempeño' podrán perder sus puestos
Los funcionarios que no pasen la 'evaluación de desempeño' podrán perder sus puestos
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El anteproyecto de ley de Función Pública de la Administración General del Estado, aprobado este martes en el Consejo de Ministros, establece que los funcionarios puedan ser removidos de sus puestos dependiendo del resultado que obtengan en la evaluación de su desempeño. Esto se aplicará a los empleados que hayan obtenido su puesto por concurso y que no cumplan de forma adecuada con sus tareas, tengan un rendimiento insuficiente o no puedan cumplir con las exigencias del cargo incluso con formación adicional. La metodología de evaluación no está definida, y se determinará en el desarrollo reglamentario de la norma. Este texto está abierto a cambios.

UGT y CCOO consideran «claramente mejorable» el anteproyecto de ley. Los sindicatos valoran que, tras 15 años de retraso en el desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), su firma en el Acuerdo Marco para la Administración del Siglo XXI y la exigencia de la apertura de un grupo de trabajo hayan servido para abrir «un espacio de negociación de esta ley, la más importante y esencial de la Administración General del Estado», como señalan en un comunicado.

UGT Servicios Públicos y el sector de la Administración General del Estado de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO anunciarán este miércoles, en una rueda de prensa prevista para las 10.00, su posición sobre este anteproyecto y sus repercusiones en los empleados públicos.

La futura ley plantea establecer una planificación estratégica para alinear los objetivos de la Administración con la política de recursos humanos y adaptar la selección de personal con las necesidades de la Administración.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha señalado en un comunicado que esta planificación es la base del anteproyecto y se aplicará a la Administración General del Estado (AGE), organismos autónomos, entidades gestoras de la Seguridad Social, entidades públicas empresariales, agencias estatales, autoridades administrativas independientes, universidades públicas no transferidas y demás entes de derecho público.

FIGURA DEL DIRECTIVO PÚBLICO PROFESIONAL

También regula la carrera horizontal, con un sistema de tramos para poder ascender sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo.

Hacienda considera que la regulación de la carrera profesional horizontal es una de las «grandes novedades» de este anteproyecto, en el que se apuesta por la promoción profesional interna. Con estos cambios, los ascensos tendrán en cuenta la trayectoria profesional y el resultado de la evaluación del desempeño.

Además, será obligatorio evaluar el desempeño de los funcionarios para mejorar la productividad y la adecuación de la carrera profesional al cumplimiento de las funciones del empleado público. Hacienda precisa en su comunicado que este procedimiento servirá para valorar de manera periódica la conducta profesional, así como el rendimiento y los resultados de los trabajadores públicos.

La normativa también reconocerá la figura del directivo público profesional con funciones de desarrollo de políticas y programas públicos. Tendrán la consideración de directivo público profesional los titulares de subdirecciones generales o de otros ámbitos que se asimilen.

Hacienda precisa que se trata de un «perfil clave en la concepción de una Administración Pública moderna». La creación de esta figura pretende ofrecer garantías de la profesionalidad y reforzar la idoneidad, capacidad y orientación de estas personas con respecto a los resultados profesionales que obtengan.

El futuro EBEP recoge planes de igualdad, diálogo social y aprendizaje a lo largo de la vida profesional. La norma dispondrá que la Administración cuente con distintos protocolos para atender el acosos sexual o por razón de sexo, que deberá actualizarse cada cuatro años, como ha apuntado Rodríguez.

Asimismo, cada Ministerio deberá constituir una unidad especifica para la inclusión de personas con discapacidad.

DOS NUEVOS COMPLEMENTOS SALARIALES

El texto del anteproyecto incluye la creación de dos nuevos complementos salariales para los empleados públicos, basados en su evaluación de desempeño y en su evolución profesional.

El complemento de carrera retribuirá la progresión que se vaya alcanzando en la carrera profesional. Su cuantía será la misma para todo el personal funcionario del mismo grupo o subgrupo de clasificación profesional que lo tenga reconocido, como explica Hacienda en su comunicado.

El segundo complemento será por desempeño y su pago estará vinculado a la superación de las evaluaciones de desempeño planteadas durante la carrera profesional, que serán de carácter obligatorio.

Las retribuciones complementarias serían el complemento de destino, el complemento específico, el complemento de desempeño y el complemento de carrera. A estos se suma el complemento por servicios extraordinarios, que retribuye los servicios prestados fuera de la jornada ordinaria o la actividad extraordinaria desarrollada en el puesto de trabajo.

PRUEBAS OBJETIVAS Y TERRITORIALIZADAS

El anteproyecto también recoge un modelo renovado de acceso a la Administración.

El Ministerio de Hacienda y Función Público precisa que se priorizarán los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.

También se adecuarán los contenidos de los procesos selectivos, las funciones que se desarrollarán o la profesionalización de los tribunales. Además, se optará por un modelo mixto que estará basado en los conocimientos para superar el acceso y en la evaluación de competencias profesionales.

Los procesos selectivos se celebrarán en todo el territorio para democratizar el acceso.

 

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