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lunes, 20 de julio de 2026 · 13:56 · Canarias
NACIONAL

Otra de la DGT: te multará con 500 euros si no aprendes a calcular la distancia de seguridad en la carretera

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha vuelto a poner la lupa en la distancia de seguridad que tiene que haber entre dos vehículos cuando circulan por una autopista o autovía. Y lo ha hecho a través de sus redes sociales con un texto que dice: “Si no se mantiene la distancia, en caso de frenada brusca, se produciría una colisión en cadena y al ser vehículos pesados los daños serían aún más graves”.

Tráfico recuerda así a los conductores que esta práctica se considera una acción de “conducción temeraria”, cuya sanción es de 500 euros y conlleva una pérdida de seis puntos de carnet.

Para los conductores que no saben qué distancia es la que deben dejar respecto con el vehículo previola DGT también ofrece información: “Calcula dos segundos desde que el vehículo que nos precede pase por un punto hasta que pasemos nosotros”, pero cuatro si la vía está mojada, según el Reglamento General de Circulación. Pero, ¿cuántos metros exactos son los que debemos dejar entre vehículo y vehículo?

Para ello, existe la regla al cuadrado, una fórmula sencilla con la que puede calcular la distancia que debe mantener respecto del vehículo anterior en una autovía o una autopista. Y, lo primero en lo que se debe fijar, es en la velocidad que lleva. Tras ello, debe quitar la última cifra de dicha velocidad y multiplicar el número por sí mismo. El resultado que obtenga es la distancia que debe dejar respecto con el vehículo que le antecede.

Esta fórmula sirve en condiciones óptimas, pero si hay lluvia, por ejemplo, deben aumentar aún más las distancias porque el intervalo de tiempo que ha de dejar es el doble. Es decir, no es un intervalo de dos segundos, sino de cuatro. Por tanto, el resultado anterior se multiplicará por 2: si va a 90km/h, deje una distancia de 162 metros; si va a 100 km/h, de 200 metros; si va a 110 km/h, de 242 metros y; si va a 120km/h, debe dejar 288 metros de distancia.

Pero como en todo, aquí también hay excepciones que hay que tener en cuenta. La DGT recomienda que si un turismo o una moto circula dentro de un túnel, la distancia ha de ser mínimo de 100 metros, que es el equivalente a un intervalo de cuatro segundos. Si circula con un camión u otro vehículo pesado de más de 3.500 kilos, el intervalo en túnel debe ser de seis segundos y la distancia mínima que debe haber respecto del vehículo de delante deberá ser de 150 metros.

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