El Gobierno autonómico ha declarado el nivel 4 de alerta sanitaria en Tenerife y ha elevado el nivel en Gran Canaria y La Palma, que pasan a nivel 3. También se encuentra en este nivel Fuerteventura, mientras que La Gomera y Lanzarote siguen en nivel 2 y El Hierro en el nivel 1. Las nuevas restricciones entrarán en vigor el próximo lunes 26 de julio pero, ¿supondrán algún cambio en lo concerniente a los viajes interinsulares?
Viajes interinsulares
Como recoge la resolución del Servicio Canario de Salud del 29 de abril, los viajes interinsulares entre islas de nivel 3 y 4 serán posible siempre y cuando se presenta una prueba diagnóstico de infección activa (PDIA) negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada al destino, la cual se solicitará tanto en los viajes máritimos como en los aéreos. Las pruebas admitidas con PCR, test de antígenos, TMA y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes: LAMP (amplificación Isométrica de Transcriptasa inversiva) o NAAT (Amplificación de Ácidos Nucleicos).
Según la resolución, estas medidas de control estarán vigentes mientras perdure el nivel 3 o 4 en las islas afectadas por el desplazamiento.
Cabe destacar que la PDIA no se exigirá a los menores de 6 años.
No será necesario presentar PDIA negativa en los siguientes supuestos, siempre que se acredite debidamente:
-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
-Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
-Asistencia a centros educativos.
-Regreso al lugar de residencia habitual o familiar.
-Asistencia y cuidado de personas dependientes o especialmente vulnerables.
-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
-Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
-Renovaciones de permisos y documentación oficial.
-Realización de exámenes o pruebas oficiales.
-Asistencia y cuidado de animales domésticos o explotaciones agropecuarias.
-Entrenamientos o competiciones profesionales o federados de ámbito nacional o internacional.
-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
-Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Además, esta medida no afectará a los viajes que se realicen por alguno de estos motivos:
-Desplazamientos con origen o destino en el extranjero, que se regirán por su normativa específica.
-Desplazamientos con origen o destino en el resto del territorio nacional, que se regirán por su normativa específica.
-Circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales señalados en los dos apartados anteriores.
-Desplazamientos entre islas que no se encuentren en niveles de alerta 3 o 4 aunque deban hacer escala en una isla que sí se encuentre en nivel de alerta 3 o 4.
-Desplazamientos entre las islas de La Graciosa y Lanzarote.
La resolución también recoge que se permitirá viajar entre islas que se encuentren, alguna o ambas, en nivel de alerta 3 o 4, a aquellas personas procedentes de fuera del Canarias que acrediten una reserva en un establecimiento turístico de alojamiento inscrito en el Registro general turístico de la Comunidad Autónoma de Canarias y estén sujetos al régimen de control de salud pública en la admisión a un establecimiento alojativo.