Hay una grieta en todo, así es como penetra la luz” (Leonard Cohen). La fuerza motriz del progreso es la creencia en la libertad y responsabilidad, y ello se consigue soportándolas en la ley. Permitir la existencia de un marco de referencia, donde el mérito y el esfuerzo se reconocen. Democratizar exige el juego de asumir las voluntades generales, respetando las minorías. En este juego se producen equívocos, como confundir las prioridades de la sociedad civil con las corporativas de los partidos. Y en el marco de lo políticamente correcto, descuadrar los derechos de las mayorías, con excesos en políticas minoritarias, de género, del animalismo, o ideologías y derechos segmentados, que dejan sin efecto práctico los derechos de las mayorías silenciosas.
Bajando a tierra, aplicamos esta lectura a la Ley del Suelo canario, que tantos ánimos conmueve hoy. Una ley vale si resuelve las necesidades de la mayoría social y económica. Al margen de las luchas políticas que mantienen a costa de la Ley del Suelo, Canarias posee a la fecha el sistema de suelo más intervenido de España. Baste señalar que la nueva Ley del Suelo canaria necesita 407 artículos y 50 disposiciones, para realizar lo que la Ley del Suelo de Galicia, aprobada en febrero de 2016, hace con 168 artículos y 31 disposiciones. A la vez, es más sencilla, clara y barata. Desde aquí hemos venido defendiendo la Ley del Suelo de Canarias, que en el conflicto entre inmovilistas-emprendedores, populistas-demócratas, apuesta por los segundos. Los primeros se sitúan al margen del nivel de conocimiento y capacidad de los emprendedores canarios.
La ley tendrá que acabar democratizándose en la fase de enmiendas parciales. Empezando por el suelo rústico, hoy conformado como escenario paisajístico. La ley recupera su papel agrario, suprime las alegales calificaciones y proyectos de actuación territorial e introduce los usos complementarios. La agricultura europea no es viable sin ellos y Europa los financia hasta en el 40% en España y el 75% en Canarias por ser RUP. Eso sólo es posible al tratarse de actividades de interés público, se apoya con ello el autoabastecimiento y el medio ambiente, ambos esenciales en Canarias. Se confunden, a su vez, los usos turísticos con los alojativos, la restauración lo es. También lo hace quien niega a los ayuntamientos y cabildos el ejercicio de sus funciones propias, como plenas.
Un gran déficit en la ley, la inseguridad en la definición del problema ambiental, de acuerdo con la aplicación de la Ley Básica de Evaluación. No se sabe a quién se le aplica y cómo, generando el mayor conflicto de inseguridad de esta ley. El problema técnico es sencillo y debe evitarse dar marcha atrás rompiendo el principio de subsidiaridad y la directiva Bolkestein, esto es no duplicando competencias, asignándola a la Administración más cercana, ni rompiendo la liberalización de servicios. La ley canaria es la más compleja e intervenida de España, contiene unos 30 mecanismos de ordenación y gestión del suelo, donde todos pueden ejercerse públicamente y sólo 10 privadamente.
Incluso, la actuación por proyectos que ponen en duda, se ejerce públicamente y con todos los controles públicos. La situación actual exige flexibilidad pública. Y una última demanda para el legislador de las enmiendas parciales, no olvidarse de la escala del operador canario, que obliga, entre las opciones, elegir siempre la más sencilla, clara y barata.
