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Solo 10 días hábiles, y en agosto, para pedir la ayuda al alquiler

El Gobierno canario convoca las subvenciones para los arrendatarios con menos recursos económicos, que podrán recibir hasta 2.160 euros y cubrir así el 40% de la renta anual de la casa que habiten
Las ayudas cubren parte del alquiler de inmuebles cuya renta mensual no sobrepase los 450 euros (en la foto, vista de la capital tinerfeña). SERGIO MÉNDEZ

El Gobierno regional publicó el martes en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la convocatoria de ayudas para el alquiler de viviendas destinadas a las familias con menos recursos económicos. Y desde ayer, en pleno agosto, las personas interesadas en pedir estas subvenciones tienen solo 10 días hábiles (o sea, descontando sábados, domingos y festivos) para solicitarlas.

Las ayudas -cuyo presupuesto total asciende a 1.276.000 euros- cubrirán el 40% de la renta anual de la vivienda alquilada, con un límite máximo de 2.160 euros, que se abonarán a los beneficiarios en un pago único, una vez que acrediten que han satisfecho esas cantidades al arrendatario. El importe mensual del contrato de alquiler no podrá superar los 450 euros, sin incluir gastos de comunidad o suministros, tasas o impuestos. Así lo establecen las bases de la convocatoria, mediante una resolución de la directora del Instituto Canario de la Vivienda (ICV), Pino de León, dictada el pasado 13 de julio.
La subvención está destinada a “facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos”. La casa tiene que estar destinada a domicilio habitual y permanente del solicitantes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.

Las solicitudes se podrán presentar en las sedes del referido organismo público, que depende de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno canario. En el caso de la capital tinerfeña, se ubica en la calle JR. Hamilton, número 16, edificio Daida; y, en Las Palmas de Gran Canaria, está situada en la calle del Profesor Agustín Millarles Carló, número 19, edificio de Usos Múltiples II. También pueden registrarse por Internet, en https//sede.gobcan.es/vivienda. Se rellenarán en el formulario oficial que se puede descargar en el citado enlace de Internet.

El ICV tendrá seis meses de plazo para dictar resolución con los adjudicatarios de las ayudas, cuya notificación de la concesión o la denegación se publicará en el BOC y en el tablón de anuncios en Internet de ese organismo.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas mayores de edad, que reúnan una serie de requisitos detallada en la resolución del BOC. Entre esas condiciones figura la de tener nacionalidad española o de otro estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza o, caso de ser no comunitario, con residencia legal en España; también ser titular o en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda (si no se ha firmado, debe aportarse en el plazo de 30 días desde la notificación de la concesión de la ayuda), que deberá detallar la referencia catastral. Igualmente es necesario aportar certificado de las personas que residen la vivienda, y que en su conjunto la renta sea igual o inferior a 1,5 veces el límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que da acceso a la subvención. Esta renta máxima se establece en 1,5 veces el llamado Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Este año, tal indicador está fijado en 537 euros mensuales, 6.454 euros anuales y 7.519 al año si se incluyen dos pagas extraordinarias.

No podrán recibir estas subvenciones quienes sean propietarios o usufructuarios de alguna vivienda en España, salvo que se acredite que no la puede usar por separación o divorcio o por cualquier otro motivo ajeno a su voluntad. Tampoco habrá derecho a la ayuda si quienes habiten la vivienda tienen parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador del inmueble, o si el arrendatario o cualesquiera de los que la tengan como domicilio habitual y permanente son socios o partícipes de la persona que actúe de arrendador. A la hora de presentar la solicitud de la ayuda, hay que aportar copia del contrato de arrendamiento o una declaración responsable de que se va a firmar -presentándolo en un plazo de 30 días desde la resolución de que se ha concedido la ayuda-; número catastral de la vivienda, renta que se pagará por ella; acreditación de la identidad del solicitante y del representante, en su caso; certificado de empadronamiento del titular y documentación acreditativa de los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia.

En un comunicado, la Consejería recuerda que convoca estas ayudas después de que el 26 de julio, en Madrid, firmara la prórroga para 2017 del convenio para la ejecución del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación edificatoria, y regeneración y renovación urbanas 2013-2016, y por deseo además de la consejera, Cristina Valido, de publicar en el menor tiempo posible la convocatoria de las distintas líneas de contempladas en el citado convenio. Además, Valido anunció que el Gobierno incrementará la partida de ayudas al alquiler hasta los 5 millones, así como hasta 242.000 euros el programa de evaluación técnica de edificios. El corto plazo, y el hecho de que sea en agosto, para pedir estas subvenciones ha sido criticado por el grupo de Podemos en el Parlamento canario. Su portavoz, Noemí Santana, consideró que tal circunstancia “va a provocar que muchas personas ni siquiera lleguen a recibir la información, o incluso, aunque les llegue, el asesoramiento para tramitarlas muchas veces se hace a través de los servicios sociales municipales, que ahora mismo están bajo mínimos por el periodo estival”.

Al respecto, Santana recordó que recientemente se aprobó en el Parlamento de Canarias una proposición no de ley de Podemos en la que se solicitaba la mejora de las ayudas al alquiler y, entre otras cuestiones, se contemplaba el aumento del presupuesto, ya que en la anterior convocatoria solo se beneficiaron unas 1.500 personas de 10.000 demandantes, y también mejoras en el procedimiento de solicitud y concesión, manteniendo la convocatoria abierta durante el tiempo necesario para que llegara a la mayor parte de la población posible.

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