Estamos asistiendo en tiempo real a un cambio en el sistema de relaciones laborales. Una parte la denomina flexiseguridad, mientras que la otra lo plantea en términos de precariedad. Pero si nos vamos un poco más allá de las tradicionales vinculaciones contractuales, un lugar y un horario a cambio de un salario regulado por un estadillo donde se dicta el catálogo de derechos y obligaciones, y abrimos un buscador cualquiera en nuestro teléfono móvil, podemos comprobar cómo el cambio en el mundo del trabajo no vendrá. El cambio ya está aquí. Y el asistir a esta metamorfosis nos obliga a actuar en varios cauces. Por un lado, el canal reactivo, en donde hay un marco regulatorio, y lo que se debe hacer es poner todos los medios disponibles para su estricto cumplimiento; por otro, se debe habilitar un procedimiento proactivo, colocándonos con suficiente antelación ante los problemas que nos van a sobrevenir, bien porque cuantitativamente se descontrolan, bien porque cualitativamente cambian.
Según el art. 157 de la Ley General de la Seguridad Social, la enfermedad profesional es la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen. En este sentido, según el informe anual de 2016 del Observatorio de Enfermedades Profesionales en España, se comunicaron 20.600 enfermedades profesionales, experimentando un crecimiento del 7,64% en relación al ejercicio anterior, de las cuales 443 fueron en Canarias, representando un 2,15% del total, tras haberse incrementado en un 4,72% respecto a 2015, teniendo en cuenta que en 2016 se produjeron 26.508 accidentes de trabajo con baja, dato que en el ámbito nacional ascendía a 566.235. Del mismo modo, entre enero y octubre de 2017, mientras que se han producido 20.281 accidentes de trabajo, se han notificado 170 enfermedades profesionales. El dato en sí mismo no nos debería decir nada, pero analizado en profundidad puede desvelar la complicada gestión en el proceso de demostración y, por consiguiente, en su reconocimiento. Tal y como se recoge en el Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre, las deficiencias de protección a la población activa trabajadora afectada por esta contingencia profesional se derivan, en gran medida, no sólo de la falta de actualización de la lista de enfermedades profesionales, necesaria, entre otras cosas, por los cambios profundos que se vienen dando en el modelo productivo que hacen que aparezcan nuevas patologías de origen laboral, lo que hace difícil su notificación. A esto hay que añadir las propias deficiencias en lo que a su notificación se refiere, producidas por un procedimiento que se ha demostrado ineficiente, donde el papel del profesional médico en ocasiones queda relegado a un segundo plano. A este hecho hay que añadir la falta de comunicación entre los diferentes agentes gestores y evaluadores de las contingencias profesionales, tanto en materia de vigilancia y control, como de evaluación, propiciado por la propia legislación, provocando que, por ejemplo, los servicios médicos de las Mutuas no tengan un fácil acceso a la evaluación de los riesgos de la población activa trabajadora afectada. El actual cuadro de enfermedades profesionales en España está contemplado en el citado Real Decreto. Dicho catálogo fue actualizado tras tener como referencia la Recomendación 2003/670/CE de la Comisión Europea, relativa a la lista de enfermedades profesionales, donde se recomienda a los Estados miembros la introducción en sus disposiciones legislativas, reglamentarias o administrativas de la lista de enfermedades cuyo origen profesional se ha reconocido científicamente, así como a los nuevos procesos productivos y de organización. Del mismo modo, se ha establecido, desde entonces, la actualización del sistema de notificación y registro, con el fin de hacer aflorar patologías de origen laboral que han permanecido ocultas.
Este ha sido el sentido de la reciente campaña de sensibilización generada desde el Gobierno de Canarias, utilizando un lema fácil de asimilar como es el de Dime cómo trabajas y te diré de qué padeces. PLANtemos cara a las enfermedades profesionales, porque el trabajar sin horarios, a incrementos en la cartera de pedido a tiempo real, trabajando por objetivos, incluso con la posibilidad de hacerlo desde nuestro rincón favorito, con la oportunidad de poder contactar con el otro lado del mundo sin importar si estamos a la hora del desayuno o a la cena, en donde estamos expuestos a riesgos psicosociales al tener indisolublemente unidas nuestra vida personal con la laboral, hace que nos expongamos a contingencias diferentes a las que tradicionalmente asistimos, tanto en materia de siniestralidad en el trabajo, como de patologías de origen laboral. Por ello, la correcta evaluación de los riesgos a los que nos exponemos, la aplicación de las medidas, correctoras en unos casos y preventivas en otro, así como la conciencia necesaria para saber que debemos utilizar el trabajo como medio de vida, se muestran como pilares básicos para tener personas saludables en empresas saludables.
*DIRECTOR GENERAL D E TRABAJO
