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Las estrategias del caos

Las dos candidaturas mayoritarias independentistas catalanes se están disputando su victoria en escaños en las recientes elecciones, ante la mirada de los cuatro diputados de la derrotada CUP y la falsa equidistancia de la franquicia de Podemos

Las dos candidaturas mayoritarias independentistas catalanes se están disputando su victoria en escaños en las recientes elecciones, ante la mirada de los cuatro diputados de la derrotada CUP y la falsa equidistancia de la franquicia de Podemos. Esquerra sufre el problema del encarcelamiento madrileño de su líder, y está siendo representada por su secretaria general, Marta Rovira, mientras Puigdemont, desde Bruselas, va poco a poco imponiendo su criterio. A pesar de su aislamiento, ha conseguido que de los 34 diputados de JxCat solo 14 estén efectivamente en la disciplina del PDeCAT, por lo que puede imponerse, incluso, a su propio partido, los antiguos convergentes. Y esa es una de las razones de la renuncia de Artur Mas a la presidencia de la formación. La estrategia de Puigdemont es ser investido presidente en ausencia o en la distancia. Y ni él ni Esquerra contemplaron la alternativa de una ausencia masiva de diputados independentistas que hubiese impedido ayer la constitución del Parlament, una posibilidad que se planteó en algún momento.

La semana pasada se alcanzó un primer acuerdo entre las dos candidaturas para imponer una mayoría independentista en la Mesa. Es un primer paso de enorme importancia porque así se aseguran la Presidencia y, además, como la Mesa interpreta el Reglamento de la Cámara, se aseguran también interpretaciones favorables a sus intereses. Una primera cuestión sería la ausencia de los ocho diputados huidos o encarcelados, porque estos últimos no han conseguido su acercamiento a cárceles catalanas y/o permisos de salida. Pero ni aún sin su voto hubiera sido posible una Mesa constitucionalista, por la negativa de Podemos a apoyar esa opción. Además, el juez Llarena sugirió a los independentistas la delegación del voto de un diputado en otro que permite el artículo 93 del Reglamento. El precepto exige unos supuestos tasados para la validez de la delegación, supuestos que no incluyen ni la ausencia ni la encarcelación, pero el siguiente artículo 94 faculta a la Mesa para modificar y/o interpretar esos criterios de delegación válida.

En cuanto a la investidura en ausencia, el artículo 83 permite la delegación de la intervención de un diputado, por ejemplo Puigdemont, en otro diputado de su mismo grupo parlamentario, que podría dar lectura a su programa de gobierno. Como el precepto dispone un debate posterior, la Presidencia tendría que suspender la sesión para que el candidato pudiese enviar sus respuestas a su delegado. Por lo que se refiere a la utilización de técnicas contemporáneas como la videoconferencia, los independentistas aducen que el artículo 146 no lo prohíbe expresamente.

Si la intención de Puigdemont fuese regresar después de ser investido, la imagen de un presidente del Gobierno recién elegido por un Parlamento y encarcelado sería más que dañina para la democracia española. Y la torpeza de nuestros tribunales a lo peor no lo evitaría.

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