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Sus señorías pierden el aforamiento, no la inmunidad ni la inviolabilidad

Se suprime la prerrogativa por la que responden ante el Tribunal Superior o el Supremo por actos delictivos cometidos dentro o fuera de Canarias
Mesa del Parlamento de Canarias en la novena legislatura. Sergio Méndez
Mesa del Parlamento de Canarias en la novena legislatura. Sergio Méndez
Mesa del Parlamento de Canarias en la novena legislatura. Sergio Méndez

Sus señorías perderán el aforamiento, aunque podrán forrarse con las asignaciones económicas. “Los miembros del Parlamento serán inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo. Durante su mandato, no podrán ser detenidos ni retenidos, sino en caso de flagrante delito”. Hasta aquí, lo que dictamina el actual Estatuto de Autonomía de Canarias. Superada la fase de la ponencia en el Congreso, la propuesta de reforma suprime lo que viene a continuación: “(…) por los actos delictivos cometidos en el ámbito territorial de la comunidad autónoma, correspondiendo al Tribunal Superior de Justicia de Canarias decidir sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio. Fuera de dicho territorio, la responsabilidad penal será exigible en los mismo términos ante la Sala de los Penal del Tribunal Supremo”. Los diputados no estarán sujetos a mandato imperativo: el escaño pertenece a la persona electa, no a las siglas con las que concurrió a las urnas.

“Órgano representativo del pueblo canario”, el Parlamento goza de autonomía organizativa, financiera, administrativa y disciplinaria. Es elegido mediante “sufragio universal, directo, igual, libre y secreto”. Su mandato dura cuatro años, salvo cuando se produzca una disolución anticipada. Funcionará en plenos y comisiones, por periodos de sesiones. El Parlamento fomentará la participación ciudadana. El reglamento pondrá las herramientas.

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