economía

38.000 madres isleñas podrán reclamar a Hacienda unos 1.800 euros de media

Una sentencia del Supremo confirma que las cantidades cobradas durante los permisos de maternidad y paternidad nunca debieron tributar por el IRPF; solo se devolverán casos desde 2014 hasta hoy
La inmensa mayoría de los beneficiados son mujeres que fueron madres a partir de 2014. DA

Poco más de 38.000 canarios, la inmensa mayoría mujeres isleñas que han sido madres desde 2014 hasta el año pasado, podrán reclamar a Hacienda las cantidades que tributaron en esos años por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a cuenta de las cantidades que ingresaron mientras disfrutaban de sus bajas por maternidad o paternidad. Según los datos facilitados ayer por el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), la media de lo que percibirán estas afectadas se eleva a unos 1.800 euros por cada hijo.

El reconocimiento de que Hacienda reclamó indebidamente esas cantidades que ahora tendrá que devolver ha llegado de la mano del Tribunal Supremo a través de una sentencia que se hizo pública ayer y que pone fin a la controversia jurídica existente en nuestro país a cuenta del asunto que nos ocupa.

Según los datos de Gestha, tras esta decisión del Supremo son 1.085.639 las madres y 20.738 los padres que ahora pueden presentar una reclamación de cantidad por la vía administrativa para que Hacienda les devuelva su dinero. En conjunto, tendrá que retornar en todo el país más de 1.600 millones de euros, según el cálculo de Gestha, cifra que la UGT reduce a unos 1.300 millones. Respecto a Canarias, las madres beneficiadas son 37.488 y los padres, 568, y la media estimada para cada caso en las Islas son los ya citados 1.800 euros.

Es la abogada tinerfeña Carolina García, de Carlos Cabrera Abogados, quien resume con claridad lo sucedido para DIARIO DE AVISOS: “Cuando nace un niño, los padres a continuación comienzan un periodo de baja por maternidad o paternidad. Durante este periodo no es la empresa la que abona nuestro salario, sino la Seguridad Social, o una entidad equivalente, como puede ser cualquier mutua. Esta prestación -continúa la letrada- hasta ahora se trataba fiscalmente como una percepción del trabajo, es decir, no existía diferencia alguna entre el salario y la prestación obtenida durante el tiempo de baja. Sin embargo, a partir de esta sentencia la prestación por maternidad/paternidad está exenta, lo cual significa, entre otras cosas, que las mujeres de baja durante ese año abonarán un tercio menos de impuestos y, además, que tienen derecho a reclamar la devolución de la cantidad abonada de más quienes hayan recibido la prestación de maternidad entre los años 2014 a 2017, es decir, para niños nacidos entre finales de 2013 y 2017”.

Tanto Carolina García como el también abogado tinerfeño Carlos Gómez (Sirvent&Granados) detallaron a este periódico que en sus respectivos bufetes ya se tramitan varias decenas de reclamaciones de cantidades por esta causa, sobre todo presentadas, curiosamente, por enfermeras, un sector profesional mejor informado sobre este caso, ya que, precisamente, fue el de una enfermera el que finalmente ha motivado esta sentencia del Supremo.

Ahora, las decenas de casos que ya estaban en curso se verán multiplicados abrumadoramente, ya que hay que tener en cuenta que Hacienda no devolverá el dinero por iniciativa propia, sino que cada afectada tiene que reclamarlo. En el caso de Canarias, bien lo merecen esos 1.800 euros de media.

TE PUEDE INTERESAR