nacional

Sin décimo no hay paraíso: recuerdan que la Lotería de Navidad es un documento de cobro al portador

La Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) advierte de que los décimos del Sorteo de la Lotería de Navidad son documentos de cobro al portador, por lo que cualquier persona que los tenga en su posesión podrá reclamar el premio
Cada canario gastará 44,87 euros de media en la Lotería de Navidad. | EUROPA PRESS

La Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) advierte de que los décimos del Sorteo de la Lotería de Navidad son documentos de cobro al portador, por lo que cualquier persona que los tenga en su posesión podrá reclamar el premio sin tener que acreditar su propiedad.

Así lo ha explicado la organización de consumidores, que ha destacado la importancia de tener el décimo “a buen recaudo, para evitar que pueda caer en manos ajenas, pero también para evitar que se pierda o se estropee ya que eso podría dificultar el cobro del premio”.

Asimismo, la confederación ha indicado que, una vez celebrado el sorteo el próximo 22 de diciembre, hay que revisar los décimos de los diferentes números “lo antes posible”, ya que el plazo máximo para reclamar el cobro de los premios es de tres meses.

En relación con el cobro del premio, si es inferior a 1.000 euros, puede realizarse en cualquier punto de venta; y si oscila entre 1.000 y 5.000 euros, podrá cobrarse en los puntos de venta, en las entidades bancarias designadas por Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) o en las Delegaciones Comerciales de esta, a partir del día siguiente.

Si se trata de premios mayores, la CECU ha detallado que solo podrá reclamarse en las entidades bancarias designadas por SELAE, sin que puedan estas puedan cobrar ninguna comisión, o en las Delegaciones Comerciales, excepto los premios de apuestas por soporte magnético (AS M), AD243, menores de 40.000 euros. No obstante, ha recordado que toda transacción superior a 2.500 euros no podrá realizarse en efectivo.

COMPARTIR LOTERÍA

Para las personas que comparten lotería de Navidad, la organización aconseja “dejar constancia documental” de quienes participan de un décimo, en qué porcentaje y quién es el depositario del mismo; y ha añadido que acreditar la titularidad compartida es importante a efectos fiscales.

“La Agencia Tributaria, a la hora de repartir el premio, puede entender que se trata de una donación y reclamarnos el pago del impuesto de donaciones, para lo cual tendríamos que acreditar que éramos participantes del premio y que no hay donación sino reparto mismo”, ha subrayado.

En este sentido, CECU recomienda hacer fotografías, un documento notarial, un documento privado, medios digitales, o hacer fotocopias del décimo compartido (una por participante) indicando quiénes participan, en qué proporción y quién es el depositario. Las fotocopias deben ir firmadas por los participantes. “Esto también es importante en caso de perder el décimo o que este haya sido robado ya que es una prueba de indicios sobre la existencia del mismo y nuestra titularidad”, ha señalado.

Respecto a la retención de Hacienda, ha apuntado que es del 20% del premio a partir de los primeros 2.500 euros y ha agregado que cuando se recibe el premio por parte de Loterías y Apuestas del Estado, ya se entrega con la retención realizada.

Además, ha manifestado que si el premio es compartido, la exención de los primeros 2.500 euros se repartirá entre cada premiado en función de su participación. Así, el cobrador deberá acreditar la titularidad del resto de participantes, a los que se les retendrá en función de su participación, debiendo recibir la proporción del premio que les corresponda de la parte neta.

“En los sucesivos años no se tributará por el importe del premio, pero sí por los rendimientos que este nos genere, por ejemplo, los intereses de un depósito”, ha recalcado la Confederación Española de Consumidores y Usuarios.

Por otro lado, la organización aconseja acudir inmediatamente a la Policía, Guardia Civil o Juzgado de Guardia para denunciar el robo o la pérdida del décimo, aportando la documentación de la que se disponga (fotocopias, fotografías, documentos notariales, mensajes de WhatsApp, SMS, correos electrónicos, etc.), que “aporta indicios sobre la existencia y titularidad del número perdido o robado”.

Tras la denuncia hay que notificar el hecho a Loterías y Apuestas del Estado, aportando la denuncia, y si el premio es superior a 5.000 euros se puede solicitar en el juzgado la suspensión del pago. En este caso, hay que indicar el número de billete y el de orden de la fracción o fracciones, la serie y la fecha del sorteo del billete en litigio.

Además, si el décimo se ha roto o deteriorado, CECU recomienda no intentar repararlo, y presentarlo en Loterías y Apuestas del Estado para que sea sometido al reconocimiento oficial. LAE intentará autenticarlo y, si no es posible, lo remitirá a la Fábrica de Moneda y Timbre, donde se fabrican los números, para que verifiquen su veracidad y, en su caso, autoricen el pago.

“Si fuese denegado el pago, en el plazo de un mes el portador podrás reclamar ante la Dirección General de Ordenación del Juego y, en su caso, acudir a los tribunales de justicia”, ha remachado.

COMPRA DE LOTERÍA EN INTERNET

En relación con la compra de lotería en Internet, CECU ha apuntado que hay que verificar la seguridad de la web (la dirección debe comenzar por htpps://) y la identidad del vendedor (datos, dirección postal, forma de contacto, etc.).

Si se compra a través de la página web de Loterías y Apuestas del Estado, se adquiere el número y LAE remite un resguardo de la compra, no se adquiere el décimo físico. “Es el sistema más seguro puesto que queda registrado directamente en la web de LAE a nombre del comprador”, ha subrayado.

Además, se puede comprar a una Administración de Loterías determinada a través de su página web. En este caso, sí se adquiere el décimo físico.

También se adquiere el décimo físico si se compra a través de una web que actúa como intermediario y que permite comprar décimos en cualquier Administración de Loterías de España, o de las administraciones con las que colaboran.

“Recomendamos que se revise las condiciones de compra de cada web para saber exactamente cómo se gestiona la compra, el envío del décimo y el cobro del premio. A la hora de adquirir un décimo de lotería compruebe que éste tenga el sello de la administración en la parte trasera; respecto a la parte delantera deben de estar presentes el código de identificación y todos los datos del número, serie y fracción y precio correspondientes”, ha zanjado.

TE PUEDE INTERESAR