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Absuelto un agente que golpeó en la pierna a una mujer el 1-O en Barcelona

El juez ve probado que el agente golpeó a la mujer y le causó un hematoma cuando esta "se dirigió sola con las manos arriba" a la puerta del centro
Disturbios en Cataluña en el primer aniversario del 1-O. / EE
Disturbios en Cataluña en el primer aniversario del 1-O. / EE
Disturbios en Cataluña. / EE

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Martorell (Barcelona) ha absuelto a un guardia civil que el 1-O dio un porrazo en la pierna a una mujer que estaba en un colegio de Sant Esteve Sesrovires (Barcelona) que acogía un punto de votación del referéndum.

En una sentencia recogida por Europa Press, el juez aplica al agente el eximente de culpa por obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.

El juez ve probado que el agente golpeó a la mujer y le causó un hematoma cuando esta “se dirigió sola con las manos arriba” a la puerta del centro, donde los antidisturbios habían abierto entre los votantes un pasillo para el paso de la policía judicial para requisar material del referéndum –en cumplimiento del auto del 27 de septiembre de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)–.

Pero indica que el guardia civil había advertido a la mujer y que le dio “un único golpe, con la intención de alejar a la denunciante de la puerta, sin que hubiera habido ningún otro golpe que pudiera llevar a pensar en la existencia de un ánimo de ensañamiento”.

Además, señala que el porrazo no fue desproporcionado siendo en la zona menos lesiva posible –el muslo– y teniendo en cuenta que ella “sabía que no podía acercarse a la puerta y, a pesar de ello, lo hizo”.

Añade que “si bien es verdad que lo hizo con las manos en alto, ésta había sido precisamente la actitud de las personas que taponaban la puerta para impedir que los agentes a su llegada entraran en el colegio, de modo que la conducta de S.B.P. podía provocar que más personas la siguieran”.

Así, y de acuerdo con el criterio expresado por Fiscalía y Abogacía del Estado en el juicio del 25 de enero, el juez absuelve al guardia civil del delito leve de lesiones por el que la mujer le denunció.

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