tribuna

El caso Grúas, marca Coalición Canaria (y II)

A partir de determinado momento, ya todo vino de la mano de Choclán ante la Corte del Sr. Marchena. Este, tal vez porque ha creído de antemano que se trata de un pequeño “asunto de las colonias” al que no debe dedicarse ni un minuto de su valiosísimo tiempo (y menos si el justiciable tiene como intercesor a San Choclán), ha pretendido darle el carpetazo definitivo al asunto.

No se ha parado en mientes el presidente de la Sala 2ª: ni en atender la petición de la Fiscalía del Supremo de que se recabara del Juzgado de La Laguna el conjunto de la investigación para poder informar con conocimiento de causa; ni en expulsarnos del proceso, negándonos la condición de partes acusadoras a quienes veníamos ejerciendo como tales desde el origen; y, para más inri, negándose a contestar nuestros recursos, presentados en tiempo y forma a pesar de que nunca fuimos emplazados ante el Supremo. Y, por tanto, impidiéndonos el acceso a la justicia mediante una grave agresión a nuestro derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de los intereses legítimos que representamos: la defensa de la legalidad y de los ciudadanos de La Laguna, de quienes somos representantes municipales.

A partir de la ‘doctrina’ que el eminente Sr. Marchena ha sentado en su resolución, deberíamos plantearnos la supresión de la Intervención General de las entidades locales…y hasta del Estado. Porque la función de control previo de legalidad que les corresponde, y la garantía derivada de la independencia y pleno sometimiento a la legalidad de los interventores públicos, han quedado declaradas inútiles de toda inutilidad, dada la trascendencia determinante que han cobrado -Marchena dixit- los dictámenes prêt à porter encargados por los investigados a insignes catedráticos por un módico precio, pagado con dinero público.

Pero, claro, el excelentísimo Sr. Marchena no ha podido pronunciarse sobre los aspectos que la jueza ocultó en su exposición razonada, o más bien sesgada: la prórroga de la concesión a favor de una empresa arruinada, con importantes deudas con las Haciendas estatal y autonómica, con la Seguridad Social, con los trabajadores (alguno de los cuales todavía no han cobrado salarios de 2014)… y cuyo contrato debió ser resuelto por imperativo legal (Reglamento de Servicios de las entidades locales) y contractual, como sanción tipificada por las faltas muy graves de haber incumplido reiteradamente sus obligaciones esenciales.

La Sra. jueza, que tan remolonamente se ha desenvuelto en todo este tiempo a la hora de investigar y cumplir los reiterados correctivos que en vía de recurso le ha impuesto la Audiencia Provincial, ahora, con la misma presteza con la que archivó de plano la denuncia y con la que elaboró la primera exposición razonada ante el TSJC presidido por Antonio Doreste, (que le fue devuelta de inmediato por la Magistrada Sra. Varona por su manifiesta insustancialidad, no de los hechos investigados, sino de la exposición ‘razonada’) ha archivado vertiginosamente -apoyándose en el Auto de Marchena- el Caso Grúas. Para eso ha tenido que resolver, a la chamberga, algunos problemas jurídicos: entre ellos que el Supremo no ha efectuado mención alguna al asunto de la prórroga del contrato, simplemente porque la jueza lo omitió en su exposición. Ni tampoco ha podido apoyarse en los ilustres catedráticos, porque ni fueron contratados ni dictaminaron sobre esta cuestión. Y tampoco podrá agarrarse en el desconocimiento por parte del Supremo sobre el resultado de las pruebas testificales, que ella sí conoce porque las practicó personalmente. Pero, ¡ay!, después de que remitiera la exposición ‘razonada’ al Supremo.

Afortunadamente, como a estas alturas pensará quien haya tenido la ‘pacencia’ de llegar hasta aquí, estamos en un Estado de Derecho (a la mar fui por naranjas…la esperanza me mantiene). Y, desde luego, esto no queda aquí.

Ni respecto a las resoluciones del Supremo, adoptadas en flagrante denegación de justicia a la acusación popular; ni con respecto al vertiginoso archivo decretado por la Sra. jueza Blanco Redondo; ni, por cierto, respecto a la conducta de la jueza de Instrucción desde el minuto cero de estas Diligencias penales.

Por todo esto y por mucho más, el Caso Grúas, un caso delictivo de pueblo, de caciquismo del de siempre, ha ido adquiriendo un notable valor simbólico, paradigmático. Y ese valor tiene que ver con aspectos cualitativos y, por tanto, no se mide al peso.

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