tribuna

La “sintiencia” como protección de los animales en el nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias

Partimos de la base de que en nuestro país, triste y lamentablemente, no existe una Ley Marco de Protección y Bienestar Animal, con que tenemos que derivar cada asunto a la Ley de la Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma donde un hecho ha acaecido. En la comunidad autónoma canaria existe la Ley Canaria de Protección de los Animales 8/1991 de 30 de abril, única norma que a nivel del Archipiélago protege a nuestros animales domésticos. Es obvio que se necesita algo más, algo a un nivel superior que genere no solo protección para los animales, sino, a su vez, respeto por ellos desde otros poderes dentro de las dos provincias. Y esa solución es dar amparo pero desde un Estatuto de Autonomía, una norma de mayor rango que los proteja. Una norma superior que señale claramente lo que ya nos dijo Europa, que los animales sienten. En definitiva, incorporar a nuestra ley autonómica, la sintiencia. Y es que el art.13 del Tratado Fundacional de la Unión Europea 1992, señaló que: “…los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles. Es decir, seres vivos dotados de sensibilidad, física y psíquica”.

Todo ello avalado por la comunidad científica, que nos ofreció datos concluyentes que reconocen que los animales tienen sensibilidad y que pueden percibir y transmitir emociones y estados de ánimo… Es obvio que el derecho se tenía que adaptar a esa nueva concepción, reconociendo a los animales como seres sintientes. Eso es la sintiencia, que nos diferencia de los objetos inanimados.

¿Qué ha hecho Canarias? El BOE del 6 de noviembre de 2018 publicó la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias entrando en vigor el mismo día de su publicación, junto con la Ley 8/2018, de 5 de noviembre, por la que se modificó el Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y quedando derogado el anterior Estatuto de Autonomía, que era de 1982. La esperada reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias entró en su recta final tras un cúmulo de acuerdos alcanzados por las diferentes formaciones políticas tras meses de negociación y la propuesta “animalista” del partido político Podemos. Hoy, la nueva carta magna canaria incorpora o consolida derechos y sirve para actualizar los mecanismos de compensación en las políticas de Estado por la lejanía y la insularidad, en definitiva, nuevas claves para que la sociedad avance. El nuevo Estatuto pasó de 65 a 201 artículos y define a Canarias como un “archipiélago atlántico” y, como no podía ser de otra manera, asume la protección y el bienestar de los animales como “seres que sienten”.

Con este nuevo estatuto se da cabida a la protección animal. En su artículo 35 señala que los animales son seres que sienten, que poseen sensibilidad y que las administraciones públicas canarias velarán por su salvaguarda, sin que puedan incluso ser utilizados en actividades que conlleven maltrato o crueldad. Esta novedad es relevante, quiere ello decir que por encima de todo, de cualquier norma que se dicte en lo sucesivo desde una Consejería, por ejemplo, de Ganadería, del Cabildo Insular de Tenerife o de una Dirección General del Gobierno de Canarias… estará ahí vigilante el Estatuto de Autonomía de Canarias. A mi juicio queda sujeta, pues cualquier forma de poder discrecional sobre cualquier animal en cuanto a decisiones que les perjudiquen; ni cabreros, ni cazadores, ni galleros, ni ganaderos, camelleros… tendrán una especial protección. No podremos amparar actividades cruentas como cazar a mansalva como control poblacional, ni poner a determinados animales a hacer “deporte”, porque se estaría conculcando el Estatuto, y la Administración sería autora de un presunto maltrato institucional.

Por ello, lo que debe hacerse es promulgar valores de responsabilidad y seguir legislando de una manera justa, evitando las costumbres desiguales, insensibles y crueles. Y cuidaremos desde el resto de poderes y situaciones a los animales. No es una moda o tendencia, al contrario, poseemos derecho internacional (convenio del Consejo de Estado 1987 sobre Protección Animal), derecho supranacional (TFUE 1992, Tratado de Lisboa) y, aunque nos falta una Ley Marco (supra autonómica), tenemos toda una suerte de leyes de protección animal que los amparan de alguna manera y los canarios, en particular, tenemos a partir de hoy toda una carta magna, el Estatuto de Autonomía de Canarias. Y es que la mayoría de los amantes de la vida, de los animales, pensamos que algún día nos sentiremos avergonzados de todas las desgracias que hemos provocado al planeta con nuestra ignorancia, silencio y crueldad.
Hemos de cambiar. Por la unión en la protección animal en las ocho islas.

*Presidenta de Grupo Animalia. Jurista

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