El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha informado este lunes de que se licita el plan de seguridad y se ultiman detalles para que el rastro de la capital tinerfeña se reabra el 18 de abril en una nueva ubicación, la Avenida Marítima y todos los domingos de 09:00 a 15:00 horas.
El alcalde de la ciudad, José Manuel Bermúdez, y el primer teniente de alcalde y responsable de Servicios Públicos, Guillermo Díaz Guerra, se han reunido este lunes con los representantes de la junta directiva de la Asociación de Vendedores del Rastro, encabezada por su presidenta Carmen Tejera.
La reunión ha sido para terminar por definir algunos detalles, junto a técnicos municipales, así como responsables de la Policía Local de Santa Cruz, para establecer las medidas de seguridad pertinentes, se indica en un comunicado.
El área de Servicios Públicos y la junta directiva de la Asociación de Vendedores del Rastro han llegado a diversos acuerdos, tanto en el nuevo emplazamiento para asegurar el cumplimiento de los protocolos sanitarios, como en las gestiones administrativas para que el rastro retome su actividad.
Del mismo modo, la junta de gobierno municipal ha aprobado este lunes el expediente de contratación del plan de contingencia frente a la covid-19 para celebrar el rastro en Santa Cruz de Tenerife.
El rastro tiene un plan de contingencia, autorizado por la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Canarias, y condicionado a una serie de requisitos en función de la situación epidemiológica en Tenerife.
Por el momento, con un control de acceso al existir aforo limitado al 50% en el nivel de alerta 3, y se habilitarán 384 puestos.
Según se ha acordado, el montaje de los puestos deberá llevarse a cabo entre las 7:00 y las 8:30 de la mañana, mientras que se desmontará a partir de las 15:00 y hasta las 16:00 horas.
El alcalde ha indicado en el comunicado que “estamos ultimando todos los detalles para la reapertura del rastro en una nueva ubicación, que creemos que es la idónea y que la hemos consensuado con su junta directiva”.
También ha comentado que “existía la necesidad de reabrir el rastro de la ciudad ante la situación por la que pasan las más de 400 familias que tienen sus puestos cerrados desde hace más de doce meses, con la declaración del estado de alarma”.
Guillermo Díaz Guerra ha señalado que “es un nuevo modelo de rastro en Santa Cruz, que nada tiene que ver con lo que ha habido en la ciudad hasta el momento, como consecuencia del espacio que se ha habilitado, en una zona que consideramos idónea, y para lo que seremos muy estrictos en el cumplimiento de las obligaciones”.
También ha explicado que “sólo se permitirá la presencia del titular o del auxiliar que figura en la correspondiente autorización administrativa, permitiéndose la presencia de ambos únicamente para el montaje y desmontaje del mismo, con todas las medidas preventivas marcadas por las autoridades sanitarias”.
Además, las medidas higiénico-sanitarias que serán de obligado incumplimiento tanto para comerciantes y usuarios y que aparecerá en la resolución son las siguientes:
1. El titular deberá tener a la vista de los compradores y a disposición de cualquier funcionario municipal autorizado, en el propio puesto, la autorización administrativa que permite la realización de la actividad, así como el correspondiente documento que acredite su identidad.
2. Será obligatorio el uso de mascarilla por parte de vendedores y usuarios, con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.
3. Deberá cumplirse en todo momento, la medida de mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
4. Se deberá respetar el máximo de aforo establecido para la celebración de cada evento.
5. Se deberá poner a disposición del público y trabajadores dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
Además de éstos, en cada puesto se deberá disponer de cualquiera de los desinfectantes, como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad viricida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados.
6. Está prohibido fumar en todo el recinto, así como usar dispositivos de inhalación de tabaco.
7. Se deberán respetar los itinerarios establecidos para la circulación de las personas
8. Cada puesto de venta deberá asegurar su cerramiento lateral, de tal forma que no cabe desarrollar la venta a través de los laterales de los puestos, los cuales deberán permanecer debidamente aislados.
9. Los artículos a la venta estarán dispuestos sobre superficies que los separen del suelo al menos 50 centímetros.
10. Los usuarios únicamente podrán comer y beber en la zona acotada donde se ubican los puestos que se dedican en exclusiva a la venta de comida y/o bebidas, y que se encuentran separados del resto.
Los puestos dedicados a la venta de comida y/o bebida deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones específicas que para actividades de hostelería y restauración, se establecen en el apartado 3.2 del Acuerdo del Gobierno de Canarias, de fecha 21 de enero de 2021 (B.O.C. nº 15, de 22 de enero de 2021), así como en sus sucesivas actualizaciones.
11. Se promoverá el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, así como la limpieza y desinfección de los equipos precisos para ello.
12. Asimismo, deberán adoptarse cuantas medidas de seguridad y de higiene sean acordadas por las autoridades sanitarias.
13. Deberán respetarse en todo caso, las indicaciones establecidas tanto en el Plan de Autoprotección, como en el Plan de Prevención de contagios, así como las obligaciones establecidas en la Ordenanza Municipal reguladora del ejercicio de la venta que se realiza en el rastro de Santa Cruz de Tenerife. Asimismo, deberán respetarse las indicaciones que durante su celebración, se realicen por el Director del Plan de Autoprotección y el personal técnico encargado de la implementación de los citados planes.