búsqueda de anna y olivia

Si Tomás entregase a las niñas sanas y salvas, eludiría entrar en prisión

Se enfrentaría a una acusación por sustracción de menores, penada de dos a cuatro años de cárcel, pero el atenuante del arrepentimiento y la falta de antecedentes computables jugaría a su favor
Las pequeñas Anna y Olivia, desaparecidas junto a su padre en Tenerife desde el pasado 27 de abril. Instagram
Las niñas desaparecidas, Anna y Olivia. DA
Las niñas desaparecidas, Anna y Olivia. DA

Si Tomás Gimeno, el padre de las niñas desaparecidas desde el pasado 27 de abril en Tenerife, reconsiderase al respecto, tal y como le pide Beatriz, la madre de las pequeñas, y volviera junto a ellas sanas y salvas, es prácticamente seguro que ni siquiera tendría que entrar en prisión, dado que la pena prevista en el Código Penal por hechos como los que nos ocupan sería de dos años de cárcel e incluso menos.


Así lo explicó ayer a DIARIO DE AVISOS un abogado penalista tinerfeño de reconocido prestigio a quien se respeta su deseo de conservar el anonimato, y cuyo análisis jurídico concuerda con el de otro letrado local igualmente consultado a este respecto.


Como es sabido, el Juzgado de Instrucción Número 3 de Güímar mantiene abiertas diligencias por presunto secuestro parental, pero en realidad la calificación correcta es la de sustracción de menores, un tipo penal recogido en el artículo 225 bis del Código Penal, y que prevé “la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años”.
Dicho artículo prevé, además, varios escenarios, como por ejemplo que si la restitución de las menores se produce en menos de 24 horas el autor de la sustracción de menores queda exento de pena, mientras que, si lo hace antes de los 15 días siguientes, la pena sería de dos años de cárcel.


Ninguno es válido ya en el caso de Anna y Olivia, pero sí que importa, y mucho, el arrepentimiento o, lo que es lo mismo, volver con las niñas sanas y salvas, especialmente si, como reza el apartado cinco del artículo 21 5, que considera como atenuante “haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus efectos, en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral”, para lo cual dista muchísimo aún.


Dicho llanamente, a Tomás se le acusaría, seguramente, como autor de un delito de sustracción de menores, pero al concurrir la atenuante del arrepentimiento (y obviamente, que las niñas estén bien) se optaría por la pena más baja, la de dos años de cárcel. Como quiera que los supuestos antecedentes de Tomás no son compatibles para este asunto (se sabe que ha tenido problemas con las autoridades, pero relacionados con alguna pelea e impago de multas de tráfico), lo más normal es que dicha pena de dos años de prisión quedaría en suspenso por decisión judicial, y no la cumpliría salvo que cometiera un nuevo delito durante el tiempo previsto antes de su definitiva cancelación.


Incluso hay más, porque tal circunstancia atenuante de la responsabilidad penal, el arrepentimiento de entregarse con las niñas sanas y salvas, podría ser calificada incluso como muy cualificada, lo que supondría que la pena prevista bajaría un grado y sería entre uno y dos años de cárcel. Eso sí, como detalla nuestro experto, “para que se aplique esta atenuante como muy cualificada es muy importante, en cuanto al tiempo, que se retorne a la menores a la mayor brevedad y, en cuanto a los efectos del delito, que se proceda a la reparación del daño o disminución de los efectos derivados de la actuación delictiva, premiando de esta forma su actitud responsable”.


Otro dato nada baladí pasa por el hecho de que Tomás y Beatriz no regulasen jurídicamente la guarda y custodia de las hijas o el régimen de visitas. Según el especialista, dicha circunstancia “podría también influir de forma favorable para Tomás, puesto que, si no hay nada regulado en relación a las niñas, ambos padres tienen derecho a tener a su lado a sus hijas, pero nunca apartándolas de su otro progenitor, de ahí que nuestro código penal condene tal conducta”.

el mensaje


Rogaba Beatriz en su última carta, dirigida expresamente al que fuera su pareja sentimental y padre de sus hijas, Anna y Olivia (uno y seis años, respectivamente), que volviese pronto con ellas. “No alargues la tortura, todos estamos sufriendo. Sé que no quieres eso. Sé que en el fondo deseas volverlas a ver felices con su entorno, su hogar, su familia, amiguitas del cole, sus perros, juguetes. Tomy, solo te pido algo: quiérelas… de tal manera… que tengan lo que más necesitan, el amor de unos padres…aún estamos a tiempo de reparar los daños… y no marcarlas de por vida. (…) Olivia y Anna te lo agradecerán infinitamente. Dales lo que más necesitan, no lo alargues más, no tiene sentido”, escribió la madre.

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