El Ayuntamiento de Santa Cruz celebra hoy una sesión extraordinaria del pleno con el que arranca el actual mandato y con el que también se pondrá en marcha el nuevo Reglamento, que introduce novedades en su funcionamiento. La principal modificación tiene que ver con los grupos de la oposición, que podrán tener concejales con dedicación exclusiva, lo que conllevará cobrar una retribución, o que los vecinos podrán intervenir en el pleno presentando iniciativas, o de forma directa cuando los asuntos a tratar les afecten de manera directa.
También se regulan las comparecencias, los tiempos de defensa de las mociones y la obligatoriedad de que, al menos la mitad de las preguntas, se respondan de viva voz por los ediles interpelados.
Así, en lo referente a que la oposición pueda contar con ediles liberados, el punto dos del artículo 16 del Reglamento, referente a los grupos políticos, establece que “los portavoces o, en su defecto, un concejal o concejala designados por los grupos políticos sin responsabilidades de Gobierno tendrán derecho a ejercer su cargo en régimen de dedicación exclusiva con las retribuciones equivalentes a las de un concejal o concejala delegados”.
Este punto será aplicable al PSOE y Vox en este mandato, que conforman la oposición.
Además, “sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 y también a propuesta del grupo político correspondiente, cuando este tenga al menos seis miembros, podrá ejercer su cargo con dedicación parcial, en régimen de media jornada, otro de los concejales. Si el grupo tiene nueve o más miembros, serán dos los concejales que podrán ejercer su cargo con idéntico régimen de dedicación parcial”. Esto deja al PSOE con la posibilidad de tener al menos un concejal con dedicación exclusiva, el que ejerza de portavoz, y otros dos que tendrán dedicación parcial, al contar con diez concejales. En el caso de Vox su portavoz podrá tener dedicación exclusiva.
Otra de las novedades tiene que ver con el número de mociones que se presentarán por parte de cada grupo municipal. Hasta ahora, los grupos podían presentar tantas mociones como ediles tuvieran en el Pleno, y con el cambio podrán presentar la mitad de la cifra de concejales que tenga cada grupo.
También se tocan los tiempos para debatir las mociones, de forma que las intervenciones de los grupos políticos se efectuarán, con carácter ordinario, en dos turnos de seis y tres minutos respectivamente.
En cuanto a las preguntas, cada grupo municipal podrá presentar tantas como concejales tenga en el Pleno y es en la forma de responderlas donde se introduce la principal modificación, ya que “al menos la mitad deberán ser respondidas de forma oral en el Pleno.
En este caso, las intervenciones se limitarán a un máximo de cuatro minutos divididos en dos turnos, en los que podrán intervenir sólo quien formula la pregunta y quien la responde.
Vecinos
En aplicación de la nueva normativa de participación ciudadana, que entró en vigor este mismo año, el pleno se adapta para que los vecinos puedan participar de forma directa en el mismo. Así, podrán presentar propuestas de forma directa para ser debatidas, siempre que vayan respaldadas por el 10% de los vecinos. En cualquier caso, el acuerdo del pleno se adoptará previo informe de legalidad de la Secretaría General, así como de la Intervención General en todos aquellos supuestos en que la iniciativa afecte a derechos y obligaciones de contenido económico del Ayuntamiento. Las iniciativas podrán llevar incorporada una propuesta de consulta popular.
Las entidades ciudadanas también podrán solicitar una exposición ante el pleno o la Comisión respectiva, en relación con algún asunto incluido en el orden del día, en cuya tramitación administrativa hubiesen intervenido. De igual modo, podrán solicitarse intervenciones a título individual, en asuntos del orden del día que les afecten.