tribuna

Sala de vacaciones: ¿quién vigila al vigilante?

Que la independencia de los jueces es crucial en el Estado de Derecho y en las democracias pluralistas como la nuestra no parece reclamar grandes razonamientos para su justificación. ¿O sí?

Los integrantes del Tribunal Constitucional, aunque no forman parte del poder judicial, ejercen funciones jurisdiccionales que son trascendentales para el funcionamiento del Estado Constitucional de Derecho: garantizar la supremacía de la Constitución sobre la acción del Poder Legislativo y, en el sistema diseñado por la constitución del 78, la protección de los derechos fundamentales (a través del recurso de amparo constitucional), así como preservar la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, la autonomía de las entidades locales, resolver los conflictos de jurisdicción entre los órganos constitucionales… Y deben fundamentar en Derecho sus resoluciones. Con criterio jurídico y no político. Ahí es nada.

Sin embargo, por perfecto que fuera el diseño de nuestro sistema político, la Constitución y las normas jurídicas no pueden hacer milagros. Su vigencia efectiva depende en buena medida del arraigo de sus valores en la sociedad civil. Porque ésta es la última garantía, de naturaleza política o sociológica (como prefieran), de todo el sistema. La que puede hacer realidad un cierto control de quienes desempeñan las más altas funciones de garantía y sobre quienes ya no están previstos otros procedimientos ni órganos de control. Sólo la sociedad puede responder a aquella preocupación que latía bajo la expresión ¿quis custodiat custodiem?, ¿quién vigila al vigilante? Porque los órganos y las técnicas de control y garantía no pueden crecer ni multiplicarse hasta el infinito. Por eso, la lealtad a la Constitución es tanto más imprescindible cuanto más altas sean las responsabilidades que desempeñan los órganos constitucionales y quienes los componen.

Pero no nos engañemos: porque puede darse el caso de que, precisamente, esas altas autoridades traicionen el espíritu y la letra de la Constitución a la que deben un sometimiento y una lealtad especialmente intensos. Y ocurre. Y esas cosas, que cuando uno era estudiante parecía que sólo existían en los libros, resulta que también existen en la realidad. En la realidad de la España de hoy, la España en la que muy influyentes poderes económicos y sus agentes institucionales han decidido desde hace un tiempo que: o controlan directamente las principales Instituciones del Estado, y las ponen al servicio de sus intereses, o aquí no gobierna nadie.

La ejecución servil de esa estrategia es la que explica por qué el PP ha venido bloqueando sistemáticamente la renovación del Consejo General del Poder Judicial y la del Tribunal Constitucional. Obstaculización cuya gravedad jurídica y política es difícilmente exagerable. Porque a través del CGPJ continuaban controlando el nombramiento de las principales autoridades judiciales. Y perpetuando anticonstitucionalmente una mayoría conservadora en el Tribunal Constitucional podía seguir perpetrando fechorías como la que acaba de realizar la “Sala de Vacaciones”. Están ahora en minoría; pero el descaro es el mismo, a la menor oportunidad que se les presente.

Con el paso del tiempo he ido aprendiendo cómo puede manipularse la función jurisdiccional para alinear sus resultados con determinadas estrategias políticas y electorales. Y aquí, en España, conservadoras of course.

Primero, manejando la interpretación y la aplicación de las normas y de las garantías de los derechos, especialmente de los derechos fundamentales. A veces siendo extraordinariamente estrictos frente a los incumplimientos de la legalidad; otras, extremadamente benevolentes con los acusados y tutelando celosamente su presunción de inocencia y las demás garantías jurídicas que les asisten. Justo al contrario que en aquellos casos en los que el tribunal “amarra” la sentencia de condena en la valoración de la prueba testifical, aunque sea la declaración de un solo testigo y por precaria que sea (¿recuerdan el caso del diputado Alberto Rodríguez?), ya que ningún tribunal superior, en vía de recurso, puede corregir la valoración de esa prueba efectuada por la autoridad judicial que ha presidido su práctica, directa e inmediatamente.

En otros casos, jugando con los plazos. Recientemente hemos visto y conocido archivos, absoluciones y condenas (ya pueden imaginarse de qué cargos públicos y de qué partidos) antes de las elecciones. Y en otros procedimientos penales, inmediatamente después del día D electoral.

La resolución de la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional, rechazando la admisión a trámite del recurso de amparo de Puigdemont frente al criterio reiteradamente establecido por el propio Tribunal en supuestos y procedimientos como éste, es sencillamente escandalosa.

Casi tanto como lo fue la adopción de medidas cautelares provisionalísimas, solicitadas por (cómo no!) el PP, sin escuchar al Congreso ni al Senado, ni a los demás Grupos Parlamentarios, interfiriendo por primera vez en el ejercicio del Poder Legislativo y pervirtiendo su papel de “legislador negativo” y tras la aprobación de las Leyes, que es la función que le corresponde constitucionalmente.Y, además, determinando la mayoría del Tribunal dos magistrados designados por el PP, con su mandato caducado y afectados directamente por algunas disposiciones de la Ley en cuya tramitación parlamentaria irrumpió la mayoría conservadora del Tribunal Constitucional.

De todas formas, tengo la esperanza de que esta maniobra desvergonzada de la actual minoría conservadora del Tribunal, pero ocasional mayoría agostera en la Sala de Vacaciones, tenga los mismos efectos contraproducentes que la jactanciosa afirmación de Abascal, calificando de “chiste” la aplicación “por Rajoy”del 155 de la Constitución al procés para restablecer el orden constitucional, y amenazando con un (inconstitucional) 155 indefinido: que la sociedad catalana, y los propios líderes independentistas, no pierdan de vista lo que les espera con un Gobierno del moderado Feijóo y sus cada vez más siamesinos de Vox.

Esas autoridades -“y lo saben”- se sienten en buena medida impunes. Por eso se atreven. Y actúan a la orden, en la forma, el fondo y el tempo, de los Estados Mayores de la derecha. Entre otras razones porque saben que de ello depende su futuro profesional. Si es que aún tienen expectativas.

Impunes porque, aunque la Constitución somete el ejercicio de la terrible función de juzgar al principio de responsabilidad y a pesar de que una resolución gravemente injusta puede ser constitutiva de delito de prevaricación judicial, son realmente excepcionales las sentencias condenatorias. Y tanto más excepcionales cuanto más alta y mejor “relacionada” sea la autoridad judicial que actúe desvergonzadamente.

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