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Canarias ya no acoge a menores si no se les identifica primero como tales

El Ejecutivo autonómico plasma, en el Boletín Oficial de la Comunidad, su pulso al Gobierno central tras pasar de un acuerdo con el PSOE a otro con el PP titulado “Plan Contra el Descontrol Migratorio”
Llegada de un menor de edad en cayuco a un puerto de Canarias. EP
Llegada de un menor de edad en cayuco a un puerto de Canarias. EP

A la crisis humanitaria que se padece en Canarias a cuenta de la migración se le añade ahora una institucional de imprevisibles consecuencias después de que, ayer, el Gobierno autonómico plasmase su pulso con el central en el Boletín Oficial sobre la acogida de menores no acompañados. Básicamente, lo publicado en dicho medio de comunicación oficial es que, desde el Ejecutivo regional, no se acogerá a más menores si antes el estatal no confirma que, efectivamente, son identificados como tales.

Como quiera que el protocolo para garantizar los derechos humanos en tal sentido es lo suficientemente complejo como para imaginar siquiera que la Administración General del Estado puede cumplir con tal requisito en un intervalo razonable, habida cuenta la continua llegada de menores a través de la llamada ruta atlántica, el envite canario amenaza con colapsar los, de por sí, endebles recursos para la acogida de estos menores en las Islas, agravada por la evidente insolidaridad de la gran mayoría del resto de comunidades autónomas con el Archipiélago en este sentido.

Sin embargo, aún se confía en que prime la cordura y no se aplique rigurosamente lo articulado, por mucho que todo apunta a que los intereses partidistas se están imponiendo sobre el respeto a los derechos humanos.

Respecto al decreto, el Gobierno de Canarias mantiene en el mismo su nueva interpretación de la normativa vigente, según la cual ya la acogida de estos menores migrantes no acompañados no son competencia de las autonomías, sino que inicialmente es responsabilidad del Gobierno central, pese a que hace décadas que el Ejecutivo isleño asume estas tareas con gobiernos de distinto signo, pero ahora no los aceptará en sus centros de acogida si no llegan correctamente identificados y con una asignación individualizada.
La llamada ruta atlántica ha crecido de tal modo que la red de menores de Canarias lleva meses desbordada por la continua llegada de pateras y cayucos, así como que el PP rechazó siquiera tomar en consideración una reforma de la Ley de Extranjería el pasado 23 de julio para acabar con la insolidaridad de gran parte del resto de autonomías con el Archipiélago.

Ahondando en el decreto, la concepción que impregna el mismo es, resumida por el presidente de Canarias, Fernando Clavijo, busca la toma de medidas de carácter legal para proteger los derechos de los menores y evitar riesgos jurídicos a los trabajadores de los centros de acogida (tanto empleados públicos como de ONG). En la misma línea, sostiene que el Gobierno canario entenderá que un menor rescatado por Salvamento y entregado a la Policía en el puerto o interceptado por las Fuerzas de Seguridad en la costa “no está abandonado ni desamparado, sino bajo custodia del Estado”, por lo que no compete directamente a la Comunidad autónoma su acogida.

El protocolo se resume, como informa Efe, en los siguientes puntos:

1) Canarias entiende que los menores llegados a la costa en pateras o cayucos “no están desamparados, porque cuentan con la atención inmediata del Estado, que asume responsabilidades internacionales de rescate en el mar y las competencias constitucionales de control de fronteras y de flujo migratorio hasta su debida asignación o ubicación, según la situación jurídica en que se encuentren”.
2) Antes de asignar a un menor a la comunidad, esta debe ser oída, “con intervención del Ministerio Fiscal en salvaguarda de sus derechos”.
3) Para que un menor sea aceptado en la red de Canarias, antes ha de estar identificado, hay que inscribirlo en el Registro de Menores Extranjeros no Acompañados y es preciso que se dicte una “resolución invidualizada por el órgano correspondiente del Estado, previa audiencia del menor, en presencia de un intérprete de su lengua materna u otra que pueda entender, con conocimiento del fiscal”.
4) La entrega será cuando la comunidad “verifique” que tiene plazas disponibles.
5) El menor deberá contar con “documentación individualizada que garantice su correcta identidad y circunstancias individuales, entre ellas las circunstancias en que fue hallado y cuantos datos sean de interés para los derechos del menor”.
6) Antes de ser entregado a Canarias, el Estado debe entrevistar al menor para conocer si es un potencial solicitante de refugio, asilo o protección internacional (materias que no son competencias de la comunidad) o si tiene algún familiar en España o cualquier otro país de la Unión Europea “que lo pueda acoger”.
7) Si existen dudas de que se trate de un menor, se exigirá una resolución cautelar o urgente del Ministerio Fiscal que determine si debe ir a una recurso con otros niños y adolescentes o, por el contrario, se le ha de ofrecer ayuda en un centro de adultos.
8) Toda la documentación entregada con el menor para cumplir este protocolo será comprobada por la Policía Canaria o “por un funcionario público autonómico”.

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